CONCELLO DE CELANOVA

La Justicia avala la reducción del sueldo del alcalde de Celanova

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photo_camera José Luis Ferro, primero por la izquierda, observa a seis de los siete concejales que en 2013 le bajaron el sueldo.

El PP llevó a los tribunales la rebaja que le impuso la oposición municipal en un pleno en el año 2013

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia avala la actuación de los concejales socialistas, nacionalistas y la edil no adscrita de la Corporación de Celanova que, en 2013 y ostentando la mayoría del pleno, acordaron rebajar las dedicaciones del grupo de gobierno "popular", ya entonces presidido por José Luis Ferro.

El máximo órgano judicial gallego ha rechazado el recurso de apelación presentado por el propio Ferro y los ediles del PP Máximo Losada, Pilar Regueiro y Manuel Domínguez (hoy fuera de la política) contra la sentencia emitida en marzo de 2015 por el Juzgado Contencioso-Administrativo número dos de Ourense. Dicho auto respaldaba la legitimidad del pleno para llevar a cabo la rebaja del sueldo del regidor (de 3.700 a 2.350 euros brutos mensuales) y las dedicaciones parciales de los concejales (de tres a una), y señalaba que la decisión de la oposición estaba plenamente justificada en aras de "racionalización del gasto". "Congratulámonos pola decisión, porque na nosa labor política, conseguimos aforrar un diñeiro ao erario público e tamén porque, de perder, o recurso que eles presentaron ía a repercutir no noso patrimonio persoal", declaraba Leopoldo Rodríguez, portavoz del BNG y uno de los ediles implicados en el proceso, que matizó que "tiñamos razón daquelas para rebaixar os soldos e penso que aínda a teriamos hoxe. Porque aínda que a Lei o ampare, non sabemos si Celanova está para soportar soldos deste calibre", enfatizaba Rodríguez en referencia a los 45.000 euros brutos anuales que recibe actualmente el regidor y los 20.469 euros de cada uno de los dos concejales con dedicación parcial.

Cuantía mínima legal

El fallo declara la inadmisibilidad del recurso de apelación presentado por los concejales del PP porque la cuantía del recurso, valoración sobre el perjuicio económico causado a los ediles que el juez circunscribe únicamente al año 2013 y que los "populares" hacían extensible hasta mayo de 2015, "no alcanza la mínima legal para la apelación (30.000 euros)", recoge la sentencia.

Ferro Iglesias declaraba ayer que "acato a sentenza, pero non a comparto en absoluto. O tribunal non entra no fondo da cuestión, se o fixese, sería doutra maneira". Ante este fallo, que no impone costas y contra el que no cabe recurso ordinario pero sí de casación en el Supremo, Ferro aseguró que "non vou apelar". Tres años después y tras recuperar la mayoría absoluta del pleno, el regidor mantiene que llevó este tema a los tribunales "non por diñeiro, senón porque todos temos que cumprir a lei e eles non o fixeron", dijo citando errores en el procedimiento. "Non sei que pasou a primeira vez para que isto non se tivese en conta", concluía Ferro.

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