no considera delito alguno

El Supremo archiva las querellas de Rodríguez Menéndez contra Rubalcaba

El Supremo no ve "fundamento alguno" en las imputaciones que el abogado Emilio Rodríguez Menéndez realizó en dos querellas presentadas contra Alfredo Pérez Rubalcaba 

Sobre la primera de las dos querellas (relativa a "brevísima" detención de la que fue objeto el abogado en abril de 2014 en Argentina y a causa de una "alerta migratoria" de la que hace responsable a Rubalcaba) el Supremo señala simplemente que no identifica delito alguno en los hechos que denuncia el abogado.

Respecto a la segunda, el Supremo va más allá en su argumentación y le responde a Menéndez que en su escrito no aporta "indicio, dato o elemento fáctico" alguno que incrimine a Rubalcaba en unos hechos que, por otro lado, se refieren básicamente a la ejecución de una orden de detención internacional contra él basada en resoluciones judiciales "que la ordenan y amparan".

El pasado 10 de julio el Supremo inició los trámites para procesar las querellas de Rodríguez Menéndez contra Rubalcaba y otros funcionarios policiales por los medios empleados en 2008 para conseguir su extradición de Argentina, país al que huyó durante un permiso penitenciario.

Las querellas, que se presentaron en el alto tribunal debido a la condición de aforado de Pérez Rubalcaba por ser diputado, no han llegado a ser ni tan siquiera admitidas a trámite, pues una vez les dio entrada y registro el alto tribunal ha estudiado, por un lado, si son de su competencia, a lo que ha respondido afirmativamente, y por otro si ha existido delito, a lo que ha respondido que no.

Por tanto, el Supremo archiva las dos querellas porque considera que, al margen de quién pudiera ser responsable de los hechos, asunto en el que ni siquiera entra, sencillamente éstos no son delito. 

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