ESPAÑA

El Supremo limita el uso como prueba de mensajes en Internet

photo_camera Una joven chatea con su ordenador en su perfl de una red social.

Invalida la presentación de "pantallazos" a un juicio y establece la necesidad de pruebas periciales 

El Tribunal Supremo fijó en una reciente sentencia los criterios para aceptar los mensajes de las redes sociales como prueba en los juicios, por lo que se considerará indispensable realizar una prueba pericial sobre los documentos que se aporten para de esta forma identificar el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de sus interlocutores y la integridad de sus contenidos.

La sentencia, de la que era ponente el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, confirma una pena impuesta en noviembre de 2014 por la Audiencia de Valladolid que condenó a 5 años y un día de prisión a un hombre por abusos sexuales a una menor. La acusación particular aportó a la causa los "pantallazos" de la cuenta de Tuenti de la menor. La resolución puntualiza que la prueba de una comunicación bidireccional mediante sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con "todas las cautelas", debido a la posibilidad de una manipulación.

IDENTIDADES FINGIDAS

El alto tribunal afirma que "el anonimato que autorizan tales sistemas y la libre creación de cuentas con una identidad fingida, hacen posible aparentar una comunicación en la que un único usuario se relaciona consigo mismo".

En el caso planteado el Supremo confirma la validez de la transcripción de los diálogos mantenidos en Tuenti por la menor con un amigo, a quien contó los abusos sexuales por parte del novio de su madre. La víctima no se atrevió a relatar lo sucedido a su padre ya su hermana, tampoco a su madre, por temor a que no la creyera, como así ocurrió cuando su hija le narró los tocamientos delante de la directora del Instituto y de agentes de la Policía.

El Supremo rechaza el recurso de casación del condenado en el que, entre otros motivos, puso en duda la autenticidad del diálogo en Tuenti alegando que podía estar manipulado. Según la sentencia hecha pública desde el Supremo, no hay duda de que las conversaciones son auténticas. Para afirmar ésto los jueces que la dictaron se basan en el hecho de que la víctima puso a disposición del juez encargado del caso su contraseña de Tuenti para que, si se cuestionaba, se comprobara su autenticidad mediante un importe pericial. Igualmente se valora que el amigo de la víctima declaró como testigo en el juicio donde pudo ser interrogado.

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