Estrechando el cerco a la ingeniería fiscal

El comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas de la Comisión Europea, Pierre Moscovici, presentó  el pasado martes 25 de octubre ante la Cámara una iniciativa legislativa sobre fiscalidad corporativa.

Incluía entre otras medidas una propuesta para la creación de una base común consolidada en la UE para el Impuesto sobre Sociedades. Conocida como BICCIS (Base Imponible Común Consolidada del Impuesto sobre Sociedades), la propuesta de reforma llevaba paralizada desde 2011 y su objetivo es doble: 1) atajar la ingeniería fiscal que aplican algunas multinacionales, que permite transferir sus beneficios a aquellos países con regímenes fiscales más favorables y reducir así al mínimo sus contribuciones, y 2) favorecer a las pymes y star-ups que apuestan por invertir en I+D, mediante deducciones específicas. 

La CE vuelve a rescatar esta iniciativa, proponiendo una normativa fiscal a las empresas que operan en más de un Estado miembro, que les permitirá hacer una declaración única o consolidada de todos sus beneficios en la UE. Y lo hace en un momento más que propicio para su aprobación, ya que todos tenemos en nuestra mente la sanción a Apple, que tendrá que devolver a Irlanda 13.000 millones de euros en impuestos no pagados, y las revelaciones de LuxLeaks sobre los acuerdos fiscales favorables ofrecidos por Luxemburgo a multinacionales. 

El establecimiento de una base común consolidada en la UE ha venido siendo una demanda recurrente por parte del Parlamento Europeo, considerando que contribuirá a que la fiscalidad empresarial sea más justa y transparente, en concordancia con la propuesta de la OCDE.

La existencia de una  base común consolidada en el Impuesto Sobre Sociedades supone que  las compañías  que operan en la UE estarían sometidas a una normativa única a la hora de determinar cómo deben gravarse sus beneficios empresariales, y no a reglas diferentes en cada Estado miembro en el que tienen actividad. Ello reduciría el riesgo de discordancias y brechas legales de las que a menudo se benefician las multinacionales. Según las fuentes del Parlamento europeo, Comisión Europea, Eurostat, cada país pierde entre 160.000 a 190.00 millones de euros por la elusión fiscal de las compañías.

Uno de los principales cambios en el enfoque de la reforma que se plantea ahora es, que se hará en dos pasos: primero la creación de la base común del impuesto de sociedades, estableciendo unas normas comunes europeas sobre cómo calcular la base imponible, y en una segunda, la consolidación de los beneficios a gravar. La base común será obligatoria para todas las multinacionales con ingresos anuales consolidados de al menos 750 millones de euros. 

La base imponible se determinaría por cada ejercicio fiscal y se calculará sustrayendo de los ingresos, los ingresos exentos, los gastos deducibles y otros elementos deducibles. Convendría considerar imponibles todos los ingresos, salvo cuando se hallen expresamente exentos. Quedarían exentos del impuesto sobre sociedades: las subvenciones directamente vinculadas con la adquisición, construcción o mejora del inmovilizado; el producto de la transmisión de los activos agrupados, incluido el valor de mercado de las donaciones en especie; los beneficios distribuidos percibidos; el producto de la transmisión de acciones y la renta de un establecimiento permanente en un tercer país.

La consolidación, aspecto que  genera más polémica, permitirá a las multinacionales sumar las pérdidas y beneficios registrados en todos los Estados miembro para calcular la base imponible. Con posterioridad, se fraccionará entre los países donde la compañía opere, fijando la cantidad que puede gravar cada país. El reparto se hará teniendo en cuenta los activos, ventas y mano de obra que la empresa tiene en cada Estado. 

Finalmente y como gran  novedad dentro del  intento de armonización fiscal, la propuesta  prevé un gran apoyo vía deducciones para las empresas que inviertan en I+D. En concreto, Pymes y start-ups innovadoras disfrutarán de una deducción del 100% de sus gastos en esta actividad. El resto de empresas, del 50% de los primeros 20 millones y un 25% en la cantidad que supere esta cifra. El incentivo español permite en la actualidad deducirse en general un 25%. Una vez que esté plenamente operativa la base común consolidada, podría aumentar la inversión total en la UE hasta un 3,4%.

Esperemos que con todas estas medidas se logré un sistema impositivo más justo dentro del entorno europeo. En otros aspectos, se prevé con la existencia de esta normativa común en el Impuesto Sobre Sociedades, que el tiempo empleado en crear una filial disminuya hasta un 67%, lo que facilitará el establecimiento en el extranjero de las empresas, incluidas las pymes. No obstante, tenemos que tener presente la dificultad que supone armonizar la base imponible de compañías que operan en diversos territorios europeos y los posibles intentos de algunos estados en oponerse a su implantación.

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