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La inspección de trabajo pone en duda el facturar mediante cooperativas de autónomos

En los últimos tiempos han surgido una serie de cooperativas que se ofrecían para ayudar a facturar a un autónomo o quien de forma esporádica obtuviera un trabajo concreto en el tiempo

En los últimos tiempos han surgido una serie de cooperativas que se ofrecían para ayudar a facturar a un autónomo o quien de forma esporádica obtuviera un trabajo concreto en el tiempo. La idea es liberar a esa serie de personas de las obligaciones del alta del Régimen General de Autónomos.

En concreto esta preparado para aquellos trabajadores que facturan importes inferiores al salario mínimo y no prestan trabajos de forma ordinaria y continuada para una misma empresa. El método consistía en que la persona se hace socia de la cooperativa y es esta a partir de una cuota de alta de socio y una comisión quien hace la facturación del trabajo realizado y liquida el importe. Este mecanismo de actuación ha sido considerada por la Inspección del Ministerio como fraude de falta de pago a las cotizaciones pertinentes de la Seguridad social que se han dejado de percibir.

El resultado son expedientes sancionadores por valor de más de 3.000 euros entre multa y cuotas más intereses de demora, a los socios que han utilizado estés servicios. La inspección esgrime que el uso de este servicio infringe la ley que determina que las personas que realicen una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa, sin tener un contrato de trabajo, deben darse de alta en el RETA. En este sentido la interpretación de esta definición es que todo el mundo debe darse de alta preste un servicio de una hora o de 40 a la semana. Situación que la nueva legislación modificará. 

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