ECONOMÍA CIUDADANA

La nueva ley de autónomos modificará el actual régimen económico y tributario

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Las medidas abarcan temas tan diversos como la reducción de cuota de cotización o distintas mejoras en el campo de los derechos laborales o fiscales

El Senado ha aprobado la pasada semana el texto definitivo de la nueva ley del régimen del autónomo (ley de reformas urgentes del trabajo autónomo). Es un  borrador de ley presentado por Ciudadanos, que ha obtenido los votos a favor de los 239 senadores presentes en el momento de la votación. Esta legislación afecta a más de 3 millones de empresarios que están regidos por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de los cuales 116.000 están en Galicia.  Este acuerdo político ha permitido aprobar la ley en un plazo de poco más de un año para que pueda entrar en vigor a partir del uno de enero de 2018.

El paquete de medidas ha sido de gran amplitud y en parte acordado con las grandes asociaciones representativas de los trabajadores por cuenta propia. Las medidas abarcan temas tan diversos como la reducción de cuota de cotización o distintas mejoras en el campo de los derechos laborales o fiscales. Algunos ejemplos pueden ser la aprobación de la extensión de la tarifa plana de 50 euros de seis meses a un año, medida para fomentar el desarrollo del emprendimiento en España. Además, se ha aprobado la reducción a dos años del periodo de espera para que los autónomos puedan volver a aprovecharse de dicha tarifa plana desde el momento de su cierre, llamada tarifa de reinprendimiento. Antes era exigible esperar cinco años. 

Una de las medidas aprobadas, quizá la más deseada, es la aceptación de que los profesionales autónomos puedan cambiar hasta cuatro veces su base de cotización en un año. Es decir, que los autónomos puedan darse de alta y de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social hasta tres veces al año. En este periodo solo se pagará por los días dados de alta  y  no por todo el mes como hasta ahora. Un ejemplo: si me doy de baja el 5 de enero y me vuelvo a dar de alta el 20 de febrero solo pagaré cinco días en enero y 8 en febrero. Es una medida que está encaminada a mantener la actividad económica y el empleo. 

La ley también recoge otra vieja aspiración, causa de varias sentencias judiciales, como es el tema de las desgravaciones de gastos de manutención. Se aprueba la posibilidad de deducción de un 20% de los gastos de suministro de agua, electricidad, telefonía o de internet en el caso de trabajar desde casa. Deja abierta la posibilidad de que la administración tributaria aumente dicho importe. Esta decisión mejora la condición jurídica de este tipo de centros de trabajo. Eso sí, solo afectará a los metros cuadrados del espacio de trabajo en casa, una habitación como oficina o un bajo de taller, etc. Otra vieja reivindicación fiscal es la dieta por desplazamiento que queda regulada de forma clara. 

Los cambios permitirán también a los autónomos tener cubiertos los accidentes “in itinere” (de ida o vuelta del trabajo) dando seguridad al grupo de autónomos que usan habitualmente su coche de forma habitual para desplazarse por motivos laborales. Los cambios permiten avanzar en la  mejora de las condiciones laborales, pero la ley todavía no ha afrontado cambios significativos como cotizar según la facturación o la igualdad a la hora de cobrar las pensiones, como ocurre en Francia, donde se ha abolido el RETA. 

Los datos 

COSTE 

Mil millones de euros es el importe que dejará de recaudar el Estado con la norma

Se calcula que el coste de la aplicación de todas las medidas afectaran a los presupuestos del Estado del año 2018 hasta en un importe de cerca de 1.000 millones que se dejarán de ingresar por parte del estado. De ellos se calcula unos 500 millones de euros de reducción de ingreso en la caja de la seguridad social por año con estas medidas. 

DIETAS 

Una cantidad de 26,67 euros de deducción por dieta en el IRPF

Los más de tres millones de trabajadores por cuenta propia podrán deducirse en el IRPF los gastos de manutención afectos a la actividad por un importe máximo de 26,67 euros y 48 euros si el trabajo se realiza en el extranjero. Si bien se les exigirá que este importe se realice en soporte telemática y pueda ser comprobado fehacientemente.

DISCIPLINA  

Se reducirán las sanciones a la mitad, que a partir de ahora irán del 20% al 10%

Se reducirán las sanciones a la mitad, del 20% actual hasta el 10% en el primer mes y no solo para los autónomos. Este es el importe de sanción previo  a la crisis. Además se devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas con pluriactividad sin que sea el contribuyente el que tenga que solicitar la devolución como actualmente.

PRIMAS

Se establece una deducción de 500 euros por persona 

 Como enmienda transaccional a la ley se aprobó también la opción de  deducir las primas de seguro por enfermedad, con un límite máximo de deducción de 500 euros por persona o de 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad. Dando como bonificables las primas de seguro de enfermedad para el empresario o su familia. 

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