ECONOMÍA CIUDADANA

La prestación por cese de actividad: el llamado paro de los autónomos

El autónomo, surfea sobre las olas del  mercado laboral, persiguiendo un difícil equilibrio. Hoy día supone el 19% de la población ocupada, y está en  aumento progresivo.

“Y seguimos tambaleando viviendo de contrabando, el ángel que nos protege, se la pasa trabajando. ¿Qué puede pasar mañana?, de verdad no nos preocupa, llevamos nuestro destino, escrito en la hoja de ruta.”(Hoja de Ruta. Áriel Roth)

El autónomo, surfea sobre las olas del  mercado laboral, persiguiendo un difícil equilibrio. Hoy día supone el 19% de la población ocupada, y está en  aumento progresivo. El 62,9% del colectivo son personas físicas y un 37,1% tiene forma societaria. Lucha contra inconvenientes, como la inestabilidad, las altas cuotas a pagar, las bajas tarifas, las vacaciones no remuneradas y los ingresos fluctuantes, haciendo de su caminar, un tránsito por la cuerda floja. No transita las catorce estaciones del vía crucis, pero sí algo similar, los cuatro impuestos trimestrales con Hacienda, en enero, abril, julio y octubre, convirtiéndole en un abnegado contribuyente. Lo  único, que en medio de este paisaje desértico puede sacarle una sonrisa, es el Plan de Apoyo a los Autónomos, que contará con 434 millones hasta 2020; contemplando incentivos para los desempleados, que inicien su actividad por cuenta propia. Desde el 1 de enero de 2015, tienen derecho a una prestación por cese de actividad, el llamado “paro de los autónomos”, de carácter voluntario, y para disfrutarlo, deben cumplir unos requisitos.

En primer lugar, estar dado de alta en la Seguridad Social y estar al corriente de pago de las correspondientes cuotas, así como tener cubiertas las contingencias profesionales pertinentes. No puede haber  alcanzado la edad de jubilación, ni concurrir en él, ninguna de las incompatibilidades previstas en la Ley 32/2010. Es preciso un mínimo de cotización, por cese de actividad, de al menos 12 meses seguidos y la finalización  de su actividad laboral ha de ser por causas económicas, un nivel de pérdidas del 10% es suficiente, así como por pérdida de licencia administrativa, y otras causas como: fuerza mayor, violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial, que deben estar justificados. Para mantener la prestación por desempleo, debe suscribir un compromiso con actividades formativas y de orientación profesional  del Servicio Público de Empleo. Y cumplirá obligaciones propias de los artículos 17.1 g) y h) de la Ley 32/2010, de 5 de agosto. Los autónomos son náufragos a la deriva de ésta crisis. Pertenece a un colectivo tan heterodoxo, que no tiene capacidad para unirse y reivindicar sus derechos; y tampoco  tendrían tiempo para ello, si quiere sacar su fuente de ingresos, adelante,  cada mes. Ser autónomo, hoy día, se ha convertido en una profesión en la que se lo  juega todo, en función de la salud económica de su negocio.

Los autónomos suelen aceptar todos los trabajos que se les ofrecen, porque éste, en el futuro, nunca está asegurado. Aunque desde que estalló la crisis económica el autoempleo es uno de los refugios para aquellos que no logran ser contratados, es un modo muy factible de trabajo, pero tiene sus contraindicaciones, porque ser autónomo, perjudica seriamente la salud.

“Tenemos buena cintura aunque estemos en la lona la suerte que es caprichosa hay veces que te traiciona. ¡Qué voy a hacer si soy así! Y aunque a veces me contradiga esta es la vida que yo elegí.”(Hoja de Ruta. Ariel Roth)

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