Condenada tras intentar matar a su hermana con gasolina en la calle de Vigo

Se le ha impuesto, además, la prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima por un periodo de siete años.

Una mujer, J. M.G.V., acusada de intentar acabar con la vida de su hermana rociándola con gasolina en la vía pública ha aceptado una pena de seis años de prisión en la vista de conformidad celebrada esta mañana en la Sección Quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo.

Se le ha impuesto, además, la prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima por un periodo de siete años.

La sentencia, emitida "in voce" por la sala, ha sido declarada firme al renunciar las partes a presentar un recurso contra la misma y supone una rebaja de un año y medio con respecto a la petición inicial del Ministerio Fiscal, que solicitaba para la encausada siete años y medio de prisión.

A la hora de emitir el fallo, el Tribunal ha aplicado la agravante mixta de parentesco y la circunstancia atenuante simple de anomalía psíquica, ya que la acusada, que permanecía privada de libertad preventivamente, padece un trastorno de personalidad no filiado que merma ligeramente su capacidad cognitiva y volitiva.

Según consta en el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Efe, los hechos se remontan al día 13 de febrero de 2015 en las inmediaciones del comedor social de los Hermanos Misioneros del Silencio de Vigo, cuando JM.G.V., con ánimo de acabar con la vida de su hermana, se aproximó a la altura de ésta portando consigo un cubo con gasolina y la amenazó verbalmente de muerte.

La acusada intentó rociarla con el contenido del cubo, llegando a prender fuego al mismo con un mechero y un periódico enrollado.

Sin embargo, no logró alcanzar a la víctima, que salió a la carrera y se refugió en una cafetería cercana, hasta donde su hermana la persiguió mientras reproducía insultos y amenazas de muerte.

Finalmente, JM.G.V. ha sido condenada a una pena de seis años de prisión como autora de un delito de homicidio en grado de tentativa, y no deberá hacer frente a ningún tipo de responsabilidad civil al no sufrir la víctima menoscabo físico o psíquico conocido.

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