SENTENCIA

El Sergas indemnizará a una paciente por practicarle un cateterismo no indicado

La prueba, realizada en A Coruña, provocó que la paciente tuviera que ser rescatada de forma urgente con un desfibrilador

El juzgado de lo Contencioso de Santiago ha condenado al Sergas a pagar una indemnización a una paciente a la que en el año 2007 fue realizado un cateterismo que, según el informe pericial aportado, no estaba indicado para su dolencia. Contra la sentencia cabe recurso.

Según ha informado El Defensor del Paciente, los hechos sucedieron en el entonces Hospital Juan Canalejo de A Coruña en enero de 2007, cuando la paciente acudió por un dolor torácico.

El cateterismo que le fue realizado a la mujer, "le provocó una fibrilación ventricular tras la cual se hizo necesario de forma muy urgente rescatar a la paciente con un desfibrilador", apunta el letrado Cipriano Castreje, que ha señalado asimismo el "daño físico y moral" sufrido por la mujer.

Durante la vista, el informe pericial señaló que el cateterismo no estaba indicado en este caso, porque ya existía uno previo, sin lesiones significativas; y se daba una patología osteo-articular que justificaba los dolores.

Al mismo tiempo, indica, con carácter previo dicho cateterismo "debieron realizarse técnicas diagnósticas no invasivas" para decidir su conveniencia, "y sólo en el caso de que resultase de ellas algún dato de isquemia, llevar a cabo el cateterismo".

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