VENTAJAS FISCALES PARA PROPIETARIOS

Aprobado el decreto que regula los instrumentos de gestión forestal

Feijóo recuerda que quienes busquen optar a ayudas públicas comunitarias del nuevo periodo 2014-2020 deberán dotarse de estos instrumentos.

El Gobierno gallego ha dado luz verde al decreto que regula los instrumentos de gestión y ordenación forestal para facilitar cumplir "con tiempo" la premisa de que a partir de 2019 no se permitirán aprovechamientos --incluidos cortas de madera para uso comercial-- a los propietarios que no posean un instrumento de este tipo. Dotarse de los mismos, además, supondrá ventajas fiscales para los dueños de monte.

Lo ha ratificado el presidente gallego al término del Consello de la Xunta, en una rueda de prensa en la que ha subrayado que este decreto actualiza la normativa del sector, toda vez que el actual régimen legal en vigor en Galicia estaba definido "por una orden del año 1970".

El decreto determina tres niveles, de forma que deberán dotarse de un proyecto de ordenación los montes públicos y todos aquellos territorios que superen las 25 hectáreas de superficie en coto redondo (perímetro).

Si la superficie es igual o inferior a las 25 hectáreas, los propietarios o gestores deberán presentar un documento simple de gestión o un documento compartido con una pluralidad de propietarios que quieran gestionar de forma conjunta su monte.

Alternativamente, si la superficie es igual o inferior a las 15 hectáreas podrán optar por un documento de adhesión expresa a referentes de buenas prácticas y a los modelos silvícolas o de gestión forestal genéricos, puestos en vigor mediante la orden de la Consellería do Medio Rural e do Mar de publicación próxima.

BENEFICIOS ECONÓMICOS

Además de asegurar un aprovechamiento diverso de los montes gallegos y adaptado a sus características, Núñez Feijóo ha destacado que el nuevo decreto conllevará otros beneficios para los propietarios.

Sobre los económicos, ha subrayado que aquellos propietarios o gestores que busquen optar a ayudas públicas comunitarias del nuevo periodo 2014-2020 deberán dotarse de estos instrumentos.

De igual forma, aquellos que dispongan de estos instrumentos podrán acogerse a dos beneficios fiscales, al quedar exentos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y del cómputo como ingreso en la base del IRPF de los importes de las subvenciones públicas concedidas.

FACILIDADES ADMINISTRATIVAS

En lo que respecta a facilidades administrativas, ha avanzado que los propietarios que tengan estos instrumentos no necesitarán ninguna autorización de los diferentes departamentos de la Xunta para realizar las actuaciones planificadas y solo deberán notificarlas, ya que para su aprobación administrativa se aplicará un criterio de ventanilla única.

Con todo, aquellos que opten por un documento de adhesión expresa a referentes de buenas prácticas y a los modelos silvícolas o de gestión forestal --cuando la superficie es igual o inferior a las 15 hectáreas-- deberán pedir las oportunas autorizaciones para poder realizar actuaciones en el territorio.

CERTIFICACIÓN FORESTAL

Por último, en el ámbito de los beneficios comerciales, la aplicación de esta norma facilitará a los propietarios forestales poder alcanzar el certificado de gestión forestal sostenible, ha destacado, por cualquiera de los sistemas internacionalmente reconocidos.

Así, la Administración confía en que aumente la competitividad del sector forestal gallego, al proveerse de materia prima con un sello diferencial de certificación en un mercado comunitario.

De acuerdo con los datos del Gobierno gallego, solo el 10% de la superficie del monte en Galicia está ordenado y únicamente el 8% presenta certificado de gestión forestal sostenible.

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