ABSUELTO

El TSXG ve vulnerada la presunción de inocencia del acusado por el crimen de las chinas

El procesado permanece recluido en un Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid a la espera de su deportación

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) concluye que el principio de presunción de inocencia ha sido vulnerado por parte de la Audiencia Provincial de Pontevedra cuando condenó a Hai Jie Zhang por el crimen de dos ciudadanas chinas ocurrido en la calle Amado Carballo de Pontevedra en abril de 2010.

Así, el alto tribunal gallego ha dictado sentencia absolviendo a este ciudadano chino que un jurado popular consideró autor de un delito de homicidio por dar muerte a Guang Qu. En base a aquel veredicto, la Sección Cuarta de la Audiencia le impuso una pena de 14 años de prisión que recurrió la defensa de este hombre, único procesado por ese crimen.

Ahora el TSXG acuerda su absolución al prevalecer el principio de presunción de inocencia. Una circunstancia que fue comunicada a Hai Jie Zhang hace una semana, al mismo tiempo que se emitió una orden de puesta en libertad inmediata, que no ha podido cumplirse al tener éste pendiente una orden de expulsión de España.

Los magistrados del TSXG señalan en la sentencia, recogida por Europa Press, la "ausencia de una prueba directa" o "dato alguno" que apunte la participación de Hai Jie Zhang en el homicidio e indica que los indicios que justifican el fallo del jurado popular son "insuficientes para sustentar la condena del recurrente", señalando que "únicamente se contaría, como hecho probado, con la presencia del acusado en la casa en la que aparecieron los cadáveres".

De este modo, la nueva sentencia recoge las tesis que sostenía la defensa del acusado para pedir su absolución y recurrir la condena. El fallo concluye que, aunque el propio Hai Jie Zhang reconoció que estuvo en el piso de Amado Carballo el 26 de abril de 2009 y las pruebas periciales lo corroboran, eso "no supone necesariamente que hubiera causado la muerte de la ciudadana china Guang Qu".

"No hay más datos, que hayan sido considerado probados, de los que derivar la participación del hoy recurrente en la muerte de Guang Qu", argumenta la sentencia del TSXG que insiste en que las pruebas recogidas revelan que "la muerte de Guang Qu tuvo lugar por la intervención de dos personas", sin que haya quedado demostrada la "contribución causal" de Hai Jie Zhang en la muerte de su compatriota.

La sentencia no pasa por alto que las fallecidas ejercían la prostitución, "lo que muestra una posible afluencia de multitud de personas, extremo que debilita notablemente la fuerza del indicio". La sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

CENTRO DE INTERNAMIENTO

Hai Jie Zhang permanece recluido en un Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid a la espera de su deportación, ya que en el momento de su arresto se encontraba en situación irregular en España.

De hecho, fue condenado a penas de cárcel por haber entrado en territorio nacional empleado documentos falsos, condena que fue sustituida por la expulsión.

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