SENTENCIA

Penas de hasta 21 meses a los difusores de un vídeo erótico

La cinta fue distribuida por los condenados sin el permiso de la mujer en el año 2004, en Ordes

La Audiencia de A Coruña condenó a penas que oscilan entre los siete meses y un año y nueve meses de prisión a los 15 procesados por la distribución de un vídeo de contenido erótico en Ordes (A Coruña), sin autorización de su autora. Según el fallo judicial, el principal acusado de difundir un vídeo con imágenes de contenido erótico, en 2004 en Ordes -después de que su autora llevase su ordenador a arreglar a la tienda de informática en la que él trabajaba-, Javier Mosquera Barreiro, fue condenado a la mayor pena de los 15 procesados, un año y nueve meses de cárcel, y a indemnizar a la afectada con 15.000 euros.

En concreto, Mosquera Barreiro fue condenado como autor responsable de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, con la atenuante de dilaciones indebidas. Según recoge el fallo, "computa la especial naturaleza y gravedad de su conducta y el hecho de que sin ella no se habría producido la difusión ni el atentado al bien jurídico".

Mientras, once procesados -José Roberto Prado, Gonzalo Becerra, Carlos Rodríguez, Manuel Franqueira, Marcos del Río, Pablo Remuiñán, Óscar Franqueira, David Franqueira, Miguel Ángel Carnota, Sergio Lagares y José Ricardo Iglesias- fueron condenados a siete meses de prisión como autores responsables de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con la atenuante de dilaciones indebidas. Además, deberán abonar como multa 1.800 euros.

Por su parte, a los otros tres procesados -Marcos Alfonso Rodríguez, Jaime Castro y Estanislao Blanco- la Audiencia de A Coruña les impuso una pena de once meses de prisión y multa de 1.800 euros.



Dilaciones indebidas

Sobre la atenuante de dilaciones indebidas, la Audiencia argumenta en la sentencia, que había sido propuesta por el fiscal y la generalidad de las defensas, en torno "a la demora de la prueba pericial". "Lo cierto es que, se mire como se mire el asunto, el tiempo del proceso se aproxima a los nueve años", esgrime la Audiencia en el fallo judicial, que añade que se trata de "una disfunción extraordinaria e indebida en la tramitación de la causa, que no es atribuible a los inculpados ni guarda proporción con su complejidad"

Asimismo, fueron absueltos Javier Mosquera de un delito contra la intimidad y Marcos Alfonso Rodríguez y Sergio Lagares de los de provocación sexual de los que eran acusados, según indica el fallo. También la Audiencia ratifica la absolución, por retirada de las acusaciones, de Gonzalo B., David P. y José G. y declara de oficio 6/21 partes de las costas del juicio.

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