ORDENACIÓN MUNICIPAL

El Supremo devuelve a Verín al pasado urbanístico del 86

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photo_camera Vista aérea de Verín, un concello al que el Tribunal Supremo dejó sin Plan de Ordenación Municipal

El Alto Tribunal anuló el Plan de Ordenación Municipal a raíz del recurso presentado por un particular

Menudo día ha elegido el Tribunal Supremo para notificar a las partes interesadas, fundamentalmente la recurrida, su fallo por el que anula el planeamiento urbanístico de Verín en su totalidad al no estar debidamente justificados los recursos hídricos que garanticen el crecimiento previsto. Ayer, cuando la práctica totalidad de la villa disfrutaba de uno de los primeros desfiles del entroido -el de los más pequeños y uno de los más elaborados-, y tras el pleno de la mancomunidad, comenzaban a llegar whatsapp a los diferentes teléfonos móviles implicados: El Supremo enmendaba la plana al Tribunal Superior de Xustiza de Galiza y le daba la razón a José Manuel Brea Chapado en su recurso de casación. 

El propio letrado de este último, Antonio Feijóo, fue el primero en hacer una valoración de lo que supone tal anulación: "La repercusión de la sentencia es enorme en cuanto que afecta a múltiples actuaciones urbanísticas que se hallan en curso y respecto de las que tengo interpuestos recursos ante los tribunales. Es especialmente delicada la situación urbanística en la que este fallo deja al ayuntamiento de Verín, ya que es el segundo Plan General que se anula sucesivamente".

El propio letrado, tremendamente satisfecho por la resolución después de que su particular lucha no hubiese prosperado en el tribunal autonómico, anunciaba las más que nefastas consecuencias de esta sentencia: "Ahora volverán a regir hasta la aprobación de un nuevo Plan General las normas subsidiarias del planeamiento municipal de 1986. El fallo del TS responde a una doctrina jurisprudencial que obliga a extremar los controles a la hora de aprobar planeamientos urbanísticos de cualquier índole, especialmente aquellos expansivos, como lo es el ahora anulado, sin garantizar al propio tiempo la suficiencia de agua", explica. 

MISMO ARGUMENTO
Curiosamente, un argumento similar fue el utilizado por el mismo tribunal -el Supremo- para echar por tierra también el planeamiento urbanístico del vecino y limítrofe Concello de Monterrei semanas atrás, reparando en su sentencia en la falta de justificación adecuada de la suficiencia de recursos hidrológicos para abastecer a la posible demanda de nuevos habitantes.
 

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