JUICIO

Acepta una condena por un cenador sin licencia en Boborás

El inculpado, tal como reconoció, llevó a cabo la construcción a sabiendas de que carecía de la preceptiva licencia municipal ni contaba con autorización urbanística de la comunidad autónoma

Alfonso A.A. aceptó ayer una condena de tres meses de prisión y otros meses multa a razón de dos euros al día por la construcción de un cenador sin licencia en Almuzara (Boborás). La sentencia acuerda la sustitución de la prisión por otros seis meses de multa (dos euros al día). La fiscal rebajó la pena con respecto a la petición inicial en tanto que el inculpado procedió a la demolición de la edificación en diciembre de 2015.

El acusado, el 4 de octubre de 2009, promovió la realización de una construcción destinada a cenador y cocina, auxiliar de otra vivienda que se encontraba en la misma finca, distribuida en una sola planta, construida con pilares de piedra, estructura cubierta de madera y tejado de teja de cerámica.

El inculpado, tal como reconoció, llevó a cabo la construcción a sabiendas de que carecía de la preceptiva licencia municipal ni contaba con autorización urbanística de la comunidad autónoma. Era consciente, recoge la sentencia, que la construcción se levantó en terreno clasificado como suelo rústico de protección ordinaria.

La construcción no era susceptible de legalización porque no puede ser encuadrada en ninguno de los usos permitidos ni autorizados en suelo rústico de protección ordinaria. El 10 de febrero de 2011, la Secretaría Xeral de Ordenación del Territorio dictó una resolución sobre el proyecto de delimitación del suelo del núcleo rural de Almuzara, englobando parte de la finca en la que estaba la finca denunciada. 

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