SENTENCIA

El recurso de Villar Mir por la mina de Serrabal, desestimado

photo_camera Imagen de la mina de Serrabal, propiedad del empresario Juan Miguel Villar Mir

El Tribunal Supremo descarta irregularizadades en el trazado de Alta Velocidad Ourense-Santiago

El Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación interpuesto por el empresario Juan Miguel Villar Mir en el caso por posibles irregularidades en el trazado ferroviario Ourense-Santiago, que pasa por una zona próxima a la cantera de Serrabal. El recurso había sido planteado al alto tribunal por la empresa Ramsa, propiedad de Villar Mir, contra la decisión del Ministerio de Fomento de 2003 en la que se aprobaba la alternativa de trazado que afectaba al yacimiento de cuarzo de Serrabal, situado en el municipio coruñés de Vedra y que explota la firma en régimen de concesión, informaron fuentes judiciales.

En el fallo, el juez estimó que Fomento no cometió ninguna ilegalidad al elegir ese trazado del AVE Ourense-Santiago, que afectaba parcialmente a la cantera y fue avalado por los informes técnicos. La empresa argumentaba en el recurso que "no se había aplicado correctamente el mandato de escoger la opción más recomendable", alegando "arbitrariedad" en su elección, por lo que pidió la rectificación del trazado inicial.

Sin embargo, según la sala del TS, el trazado "resultó avalado por criterios técnicos adecuadamente razonados", además de ser "sometido a información pública y objeto de atención en la Declaración de Impacto Ambiental". Asimismo, considera que no quedó acreditada "ninguna infracción normativa concreta, mostrando únicamente su discrepancia con la decisión de la Administración y con los razonamientos expresados por la Sala de instancia".



Informes técnicos

Insiste en que "la Administración ha optado por una solución apoyada en los informes técnicos existentes y que dicha solución se presenta como fundada y razonable", basada en la "ponderación" de los valores en juego la idoneidad técnica, el coste, las afecciones al medio ambiente o a otros bienes. En este sentido, considera que las distintas opciones para elegir el trazado del AVE, son soluciones "legítimas y que no pueden ser revisadas por el órgano judicial".

El mismo tribunal ya había desestimado en 2010 un intento de este empresario de anular las expropiaciones concretas de sus bienes y derechos en la zona de Serrabal. En este caso, la sala decidió desestimar "todos los motivos en que se sustenta el recurso de casación" y le impone el pago de las costas procesales hasta un máximo de 4.000 euros.

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