TRIBUNALES

Absuelta de estafa porque el fiscal no concretó la acusación

la mujer había sido acusada de intentar perjudicar a un banco simulando el pago de unas cuotas de un préstamo

La sección segunda de la Audiencia absolvió a Teresa M.B. de un delito de falsedad en documentos mercantil en concurso con uno de estafa procesal del que estaba acusada por el ministerio fiscal.

La sala concluye que “la falta de concreción fáctica del escrito de acusación impide la subsunción de los hechos que lo integran en un concreto tipo penal”, por lo que “procede la absolución de la acusada”.

La sentencia considera probado que Teresa M.B. era conocedora que el Banco Santander  le había reclamado a ella y a su avalista solidaria una determinada cantidad (por el impago de cuotas de un préstamo) en una demanda que se seguía en el Juzgado de Instancia 2 de O Barco. En la contestación a la demanda de dicho procedimiento, formulando oposición, incorporó una serie de fotocopias acreditativas del pago, dos de ellas compulsadas por el Concello de O Barco, a través de las cuales se pretendía demostrar el pago de las cantidades reclamadas. El fiscal sostenía que los documentos eran mendaces.

Pero la sentencia, de la que fue ponente Antonio Piña, asegura que el principio acusatorio fue mal formulado en el escrito de calificación. "No nos encontramos con interrogantes a despejar en el proceso probatorio sino ante omisiones acusatorias que afectan de forma directa al derecho de defensa, pues impiden la adecuada articulación de los medios probatorios de descargo".

El principal, la no identificación del documento sobre el que se comete la falsedad u omitiendo la propia mecánica falsaria. Ello impide conocer, dice el fallo, si el fiscal imputa la creación de un nuevo documento o la manipulación del original. "Tampoco nos indica los elementos que han resultados alterados ni la forma en la cual se han producido la alteración", añade. 

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