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Absuelto de una agresión a su pareja durante unas fiestas, en Bentrances

Según aseguró la mujer en un primer momento, su pareja la había agredido en las fiestas de Bentraces (Barbadás) y presentaba lesiones consistentes en hematomas en los brazos, tórax, espalda y cráneo

El Juzgado de lo Penal 1 absolvió a Ramón F.M.por un delito de maltrato del artículo 153 del Código Penal en tanto que su pareja, quien le había denunciado por lesionarla, retiró la acusación al inicio del juicio y se acogió a la dispensa legal de no declarar. Los hechos que sustentan este procedimiento ocurrieron el 13 de julio del 2018. Según aseguró la mujer en un primer momento, su pareja la había agredido en las fiestas de Bentraces (Barbadás).

La mujer acudió al servicio de Urgencias del CHUO e a las 01.15 horas del 13 de julio. Allí la atendieron de lesiones consistentes en hematomas en los brazos, tórax, espalda y cráneo.


Pruebas


El juez concluye que la negativa de la víctima a declarar en el juicio impide concluir que la probatoria practicada sea suficiente para llevar al dictado de una sentencia condenatoria". La documental acredita que la mujer presentaba unas lesiones "pero no existe dato alguno que permita imputar su autoría al acusado". El Supremo estableció que no es admisible la utilización de declaraciones sumariales prestadas por quien posteriormente hace uso en el acto del juicio oral de la dispensa que la ley le otorga. 

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