TRIBUNALES

Absuelto en Ourense de agredir a su hijo menor, quien rehusó declarar

"La negativa de la víctima a declarar en el juicio impide concluir que la actividad probatoria practicada sea suficiente para llevar al dictado de una sentencia condenatoria", asegura el juez.

El juez adscrito al Juzgado de lo Penal 1 absolvió a Jorge A.P. de maltratar a su hijo menor de edad en junio de 2017, un proceso penal que se inició a raíz de la denuncia presentada por la madre.  La fiscal había pedido en la vista oral una condena de seis meses de prisión. 

La sentencia repara en que ninguno de los implicados, incluidos los testigos, quiso declarar en la vista oral. "La negativa de la víctima a declarar en el juicio impide concluir que la actividad probatoria practicada sea suficiente para llevar al dictado de una sentencia condenatoria", asegura el juez.

El togado aclara que no tiene trascendencia el hecho de que se ofreciera erróneamente a la denunciante -la macdre del menor y exesposa del acusado- la posibilidad de acogerse a la dispensa de no declarar (artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).  Y ello, tal como añade, "porque su testimonio hubiera sido de mera referencia". 

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