MEDIO AMBIENTE

El daño ambiental al Barbaña por el vertido de 2009 es de 220.000 euros

Ourense. 13-08-2014. Peces muertos por contaminación aparecidos en en Barbaña. Marcos Gonzáelz, el vecino que encuentra los peces muertos. José Paz
photo_camera El río Barbaña.

La fiscal recurre ante la Audiencia la decisión de archivar el caso porque "la EDAR no se actuó con la diligencia debida" 

La Audiencia de Ourense tendrá la última palabra en el caso de las muerte de 17.000 peces el 24 de junio de 2009 a consecuencia de un vertido altamente tóxico procedente de la depuradora de aguas residuales San Cibrao das Viñas, gestionada por la empresa Espina y Delfín. Tanto la fiscal de Medio Ambiente, Carmen Eiró, como el letrado que representa a la asociación ecologista Ríos Limpos han formalizado sus alegaciones para impugnar el auto de archivo de las diligencias, acordado el 24 de septiembre por el titular de Instrucción 1 de Ourense. Las acusaciones interesan la continuación en la tramitación del procedimiento penal en base, según consideran, a la existencia de indicios suficientes de criminalidad contra los querellados -responsables de la empresa gestora de la EDAR y el Concello como responsable civil subsidiario-.

Para la representante del ministerio fiscal cabe hablar de imprudencia grave, a tenor la magnitud de las consecuencias ocasionadas, por parte de Espina y Delfín "al no actuar con la diligencia necesaria dado que en la planta se detectó un vertido de residuos industriales (metales pesados) y no se activó el funcionamiento del tanque-pulmón para tratarlo". En este último, se hubiera podido neutralizar con sosa.

La depuradora, tal como recoge un informe de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, dispone de un equipo para abordar el tratamiento físico-químico de los vertidos industriales mediante la regulación del pH y la posterior decantación de las sustancias peligrosas en el llamado tanque-pulmón, pero está en desuso.

Además, tal como añade, la instalación no contaba en junio de 2009 con un conductivímetro (aparato que da la alarma cuando aumenta la conductividad del agua), pese a que en la autorización dada por la Confederación Hidrográfica en noviembre de 2004 se le imponía ese requisito. Tras el desastre ecológico, sí se instaló.

Las fiscal difiere del planteamiento del juez instructor partidario de que el organismo de cuenca, por considerar que no hay conducta dolosa, exija al Concello y los gestores el abono de los daños ocasionados al medio ambiente en vía civil o administrativa . La mortandad de los peces, tal como valoró la Confederación Hidrográfica Miño Sil, produjo una afectación al cauce valorada en 219.849,89 euros.

Las acusaciones sostienen que cabe hablar de imprudencia grave para así justificar la vía penal. Eiró recoge en su recurso que el comportamiento desplegado al detectar las sustancias contaminantes en la EDAR causaron "un peligro hipotético y potencial" que después generó la mortandad de miles de peces. Y hace valer el informe de impacto ambiental emitido Jorge Mouriño, el biólogo designado por el juzgado para esta causa . El documento recoge que "la sustancia que provocó la muerte piscícola llegó a las aguas procedente de la depuradora de San Cibrao y en la depuradora se tuvo conocimiento de que se recibía una sustancia altamente contaminante ya que de entrar en el proceso de depurado biológico la había dañado considerablemente, debiendo desviar al tanque pulmón aquellos vertidos susceptibles de ocasionar un daños ecológico al dominio público hidráulico.

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