El Concello evita el derribo de varios edificios en O Couto

EL TSXG da la razón al Consistorio frente a la reclamación de un promotor inmobiliario de la ciudad

El alcalde de Ourense se congratuló ayer de que un auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia dé la razón al Consistorio frente a la demanda del promotor inmobiliario Bautista Rodríguez, que reclamaba al grupo de gobierno municipal la elaboración de un proyecto de reparcelación en el Plan Xeral, en la zona comprendida entre el puente de Ervedelo y la Plaza de O Couto. Con este auto se evita el derribo de casi el 60 % de lo edificado en la zona.

Según explicó el regidor, Agustín Fernández, esta demanda "viene arrastrándose desde el año 1999" y ha acumulado hasta 10 requerimientos del TSXG al Concello, a demandas sucesivas de dicho promotor.

Durante ese largo periodo, el gobierno municipal, presidido entonces por Manuel Cabezas, "se declaró incapaz de poder redactar ese proyecto de reparcelación en la zona indicada", por lo que se decidió indemnizar al promotor con mayor volumen de edificabilidad en los números 2, 4, 6 y 8 de la calle Ricardo Courtier; número 5 de la calle Roi Páez y número 2 de la calle Ramón María Aller, en el barrio de Cruz Alta. En total se trata de "una cuantía de casi 14 millones de euros", según subrayó el alcalde, a pesar de lo cual, "en enero de 2012, el recurrerente vuelve a reclamar ese proyecto de reparcelación".

La consulta de la entonces concejala de Urbanismo, Áurea Soto, a los técnicos dejó claro que, en caso de llevarse a cabo dicho proyecto de reparcelación en esa zona de O Couto, donde el Plan de 2003 mantenía una edificabilidad de 54.269 metros cuadrados y ocho plantas, "con la obligada aplicación de la LOUGA -Ley de Ordenación Urbana de Galicia- se reduciría a 21.732 metros cuadrados y tres o cuatro plantas", con lo que muchos pisos "deberían ser derribados, casi la mitad de los existentes", según dijo Agustín Fernández.

La sentencia del Alto Tribunal, que determina que el Concello ya ha indemnizado suficientemente al demandante con la recalificación en Cruz Alta, "evita un grave perjuicio para vecinos y arcas municipales", aunque todavía cabe recurso de casación ante el Supremo.

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