TRIBUNALES | OURENSE

La acusada de retener a su hija reitera que actuó ‘de buena fe'

El fiscal mantuvo su petición de pena pero "en su grado mínimo por las circunstancias del caso"

María García Mosquera aprovechó su derecho a la última palabra en calidad de acusada (el "secuestro" de su propia hija de seis años durante dos meses) para reiterar su inocencia.

Comenzó su alegato ante la jueza del Penal 2, escrito en un pequeño papel, manifestando que la única vez que había huido en su vida fue en el momento en que puso fin a su matrimonio.

La inculpada dijo actuar en beneficio de su hija: "Traté de evitar, siguiendo escrupulosamente las leyes, una situación traumática para ella". Y puso en palabras sencillas y escuetas la extensa argumentación jurídica previa de su abogado (su propio padre):"Obré de buena fe para proteger a mi hija".

Tanto el ministerio fiscal como acusación particular (la que ejerce su exmarido) aprovecharon la sesión de ayer para reiterar la petición de condena a María García por sustracción de menores en el año 2013, cuando demoró el cumplimiento de una sentencia de la Audiencia de Oviedo que revocó una resolución previa para así dar la guarda y custodia al padre de la niña.

Las acusaciones mantienen que hubo "un plan deliberado" tendente a incumplir una resolución judicial. El fiscal demandó la "condena mínima" por las circunstancias del caso: dos años de prisión si es condenada por sustracción de menores o alternativamente seis meses si la jueza aprecia desobediencia. E incluso invocó a la magistrada ponente la revisión condicional de la pena.

El exmarido aplica otra vara de medir. Aprecia concurso de delitos y reclama cuatro años de prisión, además de una indemnización de hasta 40.000 euros por daños morales.

En ese supuesto plan, alegaron que la inculpada, en un primer momento, retiró a la niña del colegio en donde estaba escolarizada (Maestre Vide) y después la ocultó para que no fueran localizadas por las fuerzas de seguridad.

El ministerio fiscal aprecia en María García una actitud obstruccionista para no acatar la sentencia de Oviedo y las resoluciones posteriores así como de una interpretación "sesgada" de las mismas por parte de la inculpada.

La acusación particular, en su exposición, llegó a acusar al director del colegio de Ourense en donde la niña cursaba primero de Primaria de brindar apoyo a la madre para dificultar su escolarización en Oviedo.  Según dijo, "su actuación fue parcial en este caso". E insistió en que todos los requerimientos para cumplir las resoluciones judiciales "estuvieron bien hechos".

La defensa centró su alegato en "acusaciones que no se sustentan en los fines y fundamentos del derecho penal" y que nunca debían haber pasado la esfera civil.  "No hay ni elementos subjetivo ni objetivos para vulnerarla presunción de inocencia de María", indicó. Reiteró en más de una ocasión que la acusada intentó con todos los medios legales a su alcance "que el interés de la menor prevaleciera".

Y este no era otro -dijo- que la niña permaneciera en el entorno familiar y educativo que le proporcionaban la personas  con las que convivía tras el divorcio. Por contra, según cree, "las acusaciones pivotan en un pretendido agravio al padre".

El letrado argumentó que la niña no fue entregada al padre porque estaba en marcha un procedimiento de medidas urgentes, instado por la madre en un juzgado de Ourense, para el mantenimiento de la guarda y custodia, recordando, en más de una ocasión, "que el propio fiscal jefe apoyó sus pretensiones".

Mantiene también que no hubo requerimientos personales para la entrega y que la condición de escolarización en un colegio de Oviedo que imponía la sentencia no la dio por cumplida porque "ambos padres deben pronunciarse sobre el colegio de sus hijos".

Adhesiones

La asociación asturiana de Abogadas para la Igualdad volvió ayer a mostrar su apoyo a la inculpa. El Derecho Penal -dice en una nota- "no debería ser utilizado en temas de familia más que en caso verdaderamente graves, respetando así el principio de intervención mínima que rige en el derecho punitivo".

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