TRIBUNALES

La fiscal pide prisión por el caso de espionaje en el PSOE

Acusa a un militante, expolicía, y a la exsecretaria de acción electoral de revelación de secretos

Dos conocidos militantes socialistas, con cargos orgánicos a nivel local y provincial, se sentarán en el banquillo del Penal 2 a finales de mes por un caso de espionaje en 2015, que traducido al Código Penal, quedó en una acusación por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

La fiscal reclama dos años de cárcel y multa de 18 meses, con cuota diaria de 10 euros, para Teresa Taboada, secretaria de acción electoral en ese momento y ahora miembro de comité provincial, y Enrique Camoeiras -está en la ejecutiva socialista en al ciudad-.

La acusación particular que ejerce el denunciante, José Arcos, eleva sus peticiones iniciales al considerar que también se le calumnió y se vio afectada su imagen pública dentro del partido y en su ámbito laboral en la abogacía: hasta seis años de prisión para la primera y siete para el segundo, además de multa.

El asunto tuvo su origen en unas escuchas ordenadas por el Juzgado de Instrucción 2 de Vilagarcía de Arousa por un delito contra la salud pública en las que Camoeiras, policía en activo en esa fecha -ahora está jubilado- tuvo intervenido el teléfono por parte de Asuntos Internos.

En esos pinchazos salta una conversación entre ambos acusados. Taboada contactó con Camoeiras para que este, en su condición de miembro de la plantilla de la Comisaría ourensana, comprobase en las aplicaciones policiales si Arcos tenía antecedentes policiales (una imputación en un juicio por un delito contra la seguridad vial del que salió absuelto). En ese momento, los nombres del abogado y ella sonaban como candidatos al Senado.

La consulta la realizó el 14 de septiembre de 2015 a las 12.36 horas y, según sostiene las acusaciones, facilitó ese mismo día la información requerida. Posteriormente, ambos volvieron a conversar por teléfono "dando la acusada -dice la fiscal-"instrucciones a Camoeiras sobre qué hacer con la información recabada". El policía buceó de nuevo en la base de datos el 23 de septiembre y el día cinco de octubre. Con estos comportamiento, a juicio del ministerio público, "resultó perjudicado José Arcos cuyo puesto en la lista de candidatos al senado se vio alterado".

Por su parte, el denunciante mantiene que la publicidad que dieron a esa consulta le perjudicó ya que recibió varias llamadas en las que se le interrogaba por esos hechos. Es decir, la información había sido divulgada. 


La nulidad de las escuchas como argumento


En la instrucción, Taboada redujo lo acontecido a  una conversación privada entre compañeros y al deseo de velar por la limpieza de las listas que concurrían a las Elecciones Generales de 2015.  Por su parte, el expolicía no declaró ante el juez.

Las defendas plantean la nulidad de las escuchas "al no estar autorizadas judicialmente y, por lo tanto, son nulas". Según dicen, el contenido, recogido en e un oficio de 23 de septiembre de 2015 de Asuntos Internos, "no se ha obtenido legalmente ya que el auto de 31 de agosto de 2015 del Juzgado de Vilagarcía no las amparaba y en las presentes actuaciones no existe otra resolución de intervención telefónica". 

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