ECONOMÍA CIUDADANA

Más de un 25% de las comunidades de vecinos tienen morosos: cómo actuar

Desde finales del 2015 y comienzos del 2017, hasta ahora, alrededor de una cuarta parte de los deudores de las comunidades de propietarios han empezado a devolver parte de lo que debían a través de planes de pago

Los datos establecen una doble realidad: de una parte los morosos están presentes en más de la mitad de las comunidades de propietarios de Galicia. A la vez , esta mora ha sido fruto de la crisis, ya que las cifras muestran cómo las cifras de mora disminuyen en los años a medida que aumentan las cifras de empleo ya que desde finales del 2015 y comienzos del 2017, hasta ahora, alrededor de una cuarta parte de los deudores de las comunidades de propietarios han empezado a devolver parte de lo que debían a través de planes de pago. Eso no implica que la conflictividad en las comunidades de propietarios no haya disminuido en este periodo de tiempo. Como por ejemplo, solo en la ciudad de Vigo, el número de litigios alcanza la cifra de más de 1.000 denuncias por moras de impagos de cuotas o de impago de derramas. 

CÓMO SE PUEDE RECLAMAR 

El trámite habitual para solicitar las deudas es mediante el proceso monitorio -una modalidad de litigio de trámite rápido, al que se acude para reclamar el pago de deudas siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. También se puede acudir a los tribunales ordinarios.  El proceso de reclamación se inicia con la celebración de una junta de vecinos donde se pone en común la información de las deudas de los vecinos. Unido a que se debe comunicar la deuda reconocida al propio deudor vía notificación, burofax, o  de forma personal.  

Una vez que el moroso es conocedor de la cantidad adeudada puede abonarla y terminar el proceso u obviar las comunicaciones, en cuyo caso la comunidad de vecinos puede iniciar los procesos judiciales. 

Desde el Colegio de Gestores de Galicia se recomienda que se abra un proceso de negociación entre las partes, antes de la acción de la justicia ya que con dicho canal de comunicación suele ser más fácil recuperar    los importes adeudados. Se debe recordar que el deudor puede llegar a ser embargado. 

La decisión de denunciar debe empezar con un proceso de comunicación al moroso. Por este motivo, se envía de nuevo un burofax con acuse de recibo y certificación del texto del acuerdo aprobado por la junta. A partir de ahí, el particular dispone de 15 días para pagar su deuda. Asimismo, en el escrito se debe  advertir de las consecuencias de las deudas como posibles embargos, costas de abogado y procurador, intereses, hasta llegar incluso a la subasta de la vivienda por el impago de los recibos comunitarios. 

En el caso de que el vecino deudor no sea localizado, bien por paradero desconocido o porque no va a recoger el burofax a correos, se procede a la colocación del acuerdo de la junta en el tablón de anuncios de la comunidad, surtiendo efectos legales esta notificación en el tablón de anuncios a los tres días naturales

En caso de pasados los quince días sin realizar el pago, se puede proceder a la presentación de la demanda. El proceso judicial en este tipo de casos suele ser de rápida acción y suele  terminar con la condena del deudor, tanto al pago de la deuda como de los intereses pendientes o de las costas del juicio y de los abogados de las partes. Decir también que en algunos casos extremos el deudor puede ser embargado y perder su piso. 

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