Cartas al director

Más sobre el mapa municipal

Continuando con nuestra aportación para el debate sobre el mapa municipal de la provincia, publicado en el diario La Región el día 11 de enero, pasamos a concretar en qué consistiría la distribución territorial de Ourense, tratando de comarcalizar o mancomunar los concellos y sus servicios, pero manteniendo el de atención al ciudadano en aquellos que son absorbidos y, todo ello, en aras de una mejor prestación de sus servicios al menor coste. 

En este sentido consideramos oportuno que de los 92 concellos actuales, sería suficiente con 20. Ubicados todos ellos en unas cabeceras de zona, perfectamente comunicados con todos los lugares de su respectiva demarcación y con una oficina atendida por personal administrativo, en un número proporcional al de habitantes, del extinguido concello. Esta oficina sería de información, admisión y trámite de todos los asuntos que los ciudadanos demandasen, con la garantía que serían tramitados a través del concello correspondiente.

De esta forma la mayoría de los 20 concellos verían aumentada su corporación municipal, puesto que su demarcación tendría un mayor número de habitantes.

Estos empleados municipales, de los concellos absorbidos, irían con la siguiente escala en función del número de habitantes:

-Hasta 1.000 habitantes, un oficial administrativo
-Entre 1.001 y 2.000 habitantes, un oficial administrativo y un auxiliar.
-Entre 2.001 y 3.000 habitantes, un oficial administrativo y dos auxiliares.
-Cada 1.000 habitantes más, un auxiliar administrativo más.

Para evitar brechas salariales, convendría unificar las retribuciones en el ámbito provincial con un convenio colectivo único, en donde los oficiales estarían equiparados al grupo C1 y los auxiliares al C2 de la Administración general del Estado. 

Por su parte los alcaldes deberían tener una retribución en función del número de habitantes de su demarcación respectiva, que podría estar dividida en grupos de 10.000 habitantes. Pero nunca por encima de las posibilidades económicas de su concello. Este mismo criterio sería aplicable a los concejales con dedicación exclusiva.