TRIBUNALES

El Supremo revisa la denuncia contra la jueza del caso Fuentes

Dos primas de Isabel Fuentes y el marido de una de ellas, con una foto de la víctima.
photo_camera Dos primas de Isabel Fuentes y el marido de una de ellas, con una foto de la víctima.

La familia pretende que se reabra el caso para que sea sancionada por no brindarle protección

 

La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo revisa (votación y fallo) el 7 de junio la decisión de la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de archivar las diligencias informativas contra la exjueza de Verín Cristina Fernández Viforcos, a la que la familia de Isabel Fuentes acusa de no brindarle protección cuando su marido, Aniceto Rodríguez, intentó asesinarla en el domicilio conyugal (abril de 2015) con un fuerte golpe en la cabeza . El plan pasaba por simular un robo. Finalmente, materializó su propósito el 8 de mayo cuando permanecía hospitalizada, recuperándose de la primera agresión. Por estos hechos, fue condenado el pasado año a 31 años de prisión.

La juez cuestionada rechazó  limitar las visitas del marido al hospital e intervenirle el teléfono al no apreciar indicios contra él, tras calificar las sospechas de los agentes de la Guardia Civil como "conjeturas".

Al margen del proceso judicial contra el inculpado, una de las primas de Fuentes planteó, a través de su letrada, Beatriz Seijo, la apertura de un expediente disciplinario a la instructora del sumario. Sostiene que la jueza no abordó "una situación clara de violencia de género detectada por la unidad investigadora". Según sus argumentos, tendría que haber convocado una comparecencia para decidir sobre el sospechoso, tal como regula la ley, para así poder adoptar medidas de protección para la víctima.

 El Promotor de la Acción Disciplinaria (PAD) archivó la información previa incoada a la togada. Avaló la actuación de la jueza, destacando que Viforcos actuó "con arreglo a lo dispuesto en la legislación procesal y adoptó todas las resoluciones que procedían de forma motivada, con prontitud y sin demora, valorando los datos, circunstancias y actuaciones que se habían desarrollado".
El promotor en su resolución destacó que la fiscal estaba informada y que la jueza facilitó incluso su teléfono personal para que el hospital informase sobre el traslado a planta de la víctima por si procedía, en ese momento, adoptar medidas, enfatizando, además, que la Guardia Civil nunca detuvo al marido.

La demanda ante el Supremo se basa, según aseguró ayer Seijo, en que en el expediente tramitado por el CGPJ no se admitieron las pruebas solicitadas tendentes a dilucidar si hubo negligencia mecedora de una sanción grave: la declaración de los agentes de la Policía Judicial que pusieron de manifiesto sus sospechas sobre un caso de violencia machista y oficiar al hospital para saber si recibió algún tipo de requerimiento por parte del juzgado. 

La familia de Isabel Fuentes sostiene que la togada no cumplió con su obligación de proteger su vida y que debe ser sancionada por ello. "En su actuación hubo un apartamiento flagrante de la ley", valoró la letrada. 

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