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Una vecina de Sarreaus decía a su hija con una discapacidad que "tenía que morirse" 

La madre y la hermana de la víctima han sido condenadas por golpearla e insultarla. Fue una vecina la que alertó de la situación

La madre y hermana de M.P.R., una mujer de 44 años pero con una edad mental de una niña de ocho, declarada incapaz por una discapacidad intelectual y déficit motor, han sido condenadas por maltrato habitual a un año y nueve meses de prisión, entre otros pronunciamientos, en el marco de un proceso penal que se inició por la denuncia de una vecina. Según el fallo del Jugado lo Penal 2, las inculpadas, Teresa R.G. y Purificación P.R., la golpeaban e insultaban. Consta como probado en el fallo, que la madre llegó a decir a la víctima, a la que agredió en ocasiones con el palo de una escoba, que "tenía que morirse" o que "estaba de más en el mundo". Todos los episodios de maltrato ocurrieron en el domicilio familiar situado en Sarreaus donde la perjudicada convivía con sus padres y a donde acudía, algunos meses al año, la hermana, residente en Alemania.

Una vecina puso en conocimiento del juzgado de guardia el maltrato pero también una trabajadora social del Concello recibió una denuncia anónima en la que se le advertía sobre la existencia de una situación de maltrato hacia M.P.R. por parte de sus padres y hermana. Cuando la trabajadora se presentó en la casa acompañada por la Guardia Civil la propia víctima le reconoció los hechos.

En la vista, la jueza escuchó los testimonios de las dos testigos, la vecina y la trabajadora social. La primera confirmó que presenció algún episodio de maltrato de Teresa hacia su propia hija y del trato degradatorio que le dispensaba a su hermana, e incluso escuchó que la llamaban "subnormal".

En el juicio, las inculpadas trataron de desacreditar esos testimonios de cargo. Así, atribuyen la declaración de la vecina a la enemistad que surgió en 1994 cuando denunciaron a un familiar suyo por abusos sexuales a M.P.R. No obstante, la jueza no concibe que un propósito de venganza se materialice 20 años después del hecho desencadenante. Para la magistrada, la vecina "asumió la valentía" de denunciar unos hechos a diferencia de otros que se negaron a ser identificados pese a haberle participado a la trabajadora social la situación de maltrato.

Y reprocha al Juzgado de Xinzo que instruyó el caso que no hubiera tomado declaración en calidad de testigo a la vecina "a fin de poder indagar con mayor profundidad en todas las circunstancias por ella conocidas e incluso para obtener más datos que pudieran abrir más líneas de investigación. También echa en falta una investigación por parte de las fuerzas de seguridad para confirmar si todo el pueblo era conocedor de ese maltrato. 


Relato persistente de la víctima


Pese a la discapacidad mental de la víctima, quien padece una oligofrenia leve, la ponente  considera que su relato ha sido totalmente persistente durante toda la tramitación del procedimiento. La magistrada dice que fue "clara y rotunda a la hora de focalizar en su hermana y su madre ese maltrato del que dice haber sido objeto", un maltratro que -añade- "describe en forma de agresiones físicas pero también con vejaciones e insultos. La víctima en el juicio llegó a decir que no quería nada malo para su familia, sólo que se le riñese. 

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