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A Merca debe 6.000 euros de multa por no derruir una casa

El alcalde Manuel Velo reconoce la tardanza en la ejecución del auto del Tribunal Superior de Galicia
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redacción. A MERCA - 10-02-2012

Los retrasos a la hora de ejecutar el derribo de una vivienda unifamiliar en Corvillón le está costando, hasta la fecha, 6.000 euros al Concello de A Merca.

La vivienda construida al pie de la carretera entre Celanova y Allariz, a su paso por Corvillón (Foto: MARCOS ATRIO)
La vivienda construida al pie de la carretera entre Celanova y Allariz, a su paso por Corvillón (Foto: MARCOS ATRIO)

Así se deduce de la providencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia con fecha del 10 de mayo de 2011 que, después de tres requerimientos y ante la 'pasividad' de la administración, impuso al Ayuntamiento una multa coercitiva de 500 euros y que ésta será reiterada cada 20 días hasta el cumplimiento de la orden de derribo. 'O Concello recibiu e abonou unha sanción de 500 euros por non executalo en prazo', reconocía el alcalde de la localidad, Manuel Velo, al tiempo que aseguró 'non ter constancia' de la reiteración de la multa.

Según el regidor local, 'trátase dun proceso xudicializado que leva moitos anos aberto no que o Concello non está imputado en nada. Só a executar unha sentencia de derribo que o dono da vivenda negouse a facer'. Velo Reinoso argumentó la tardanza en ordenar el derribo 'para ver si chegaban a un acordo' y sin querer dar fechas sobre la posible ejecución, advirtió que 'está máis cerca que tarde, porque o Concello ten que acatar o mandato xudicial. De non facelo, poderíannos acusar de desacato'.

El conflicto judicial se inició en 1994 a raíz del acuerdo tomado por la comisión de gobierno sobre la legalización de las obras de costrucción de la citada vivienda. Dolores González, vecina de Corvillón, denunció a la Administración al entender que la casa no se ajustaba a la legalidad y 'collía 35 metros dun camiño e unha aira da miña propiedade', asegura la demandante. 'Aviséinos antes de que empezaran as obras e non me fixeron caso. Agora solo quero que se execute a sentencia', relata González, que confiesa haber vivido un calvario desde entonces. 'Eu xa non vou ao pobo e a Garda Civil sabe ben das amenazas que tiven nestes anos'.

ANTECEDENTES

La sentencia de derribo emitida en primera instancia por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en 1996 y ratificada en 2004 por el Tribunal Supremo recoge que la casa supera la altura máxima permitida y 'sólo retranquea tres metros sobre el eje del camino, por lo que también supone una evidente violación de las exigencias de las normas subsidiarias'. La situación de 'ilegalidad' de la vivienda es conocida por buena parte de los vecinos de la parroquia que, en su día, mostraron su respaldo a la familia propietaria organizando manifestaciones y recogidas de firmas. 'Eu sei que é duro, pero si fago unha casa nun terreo que non e meu, teño que acatar as consecuencias. E non o digo eu, o dice a lei', añade González.

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