Jueves 24 de mayo de 2012
última actualización: 12:26
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Supone 'un antes y un después' en la legislación laboral española. Así es como el Ejecutivo valoró la reforma laboral aprobada ayer en el Consejo de Ministros. Una reforma que también fue calificada como 'histórica' y que generaliza el despido de 33 días y permitirá despedir con 20 si las ventas caen nueve meses. Asimismo, contempla la creación de un contrato indefinido para empresas de hasta 50 trabajadores, facilita el descuelgue y recupera el tope a temporales desde 2013.

La indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos será de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del despido procedente será de 20 días por año trabajando, con un máximo de un año de salario. Son dos de los aspectos más destacados de la reforma laboral aprobada por el Gobierno en el Consejo de Ministros celebrado este viernes y supone condenar a la extinción al contrato indefinido ordinario de 45 días por año trabajado de indemnización por despido improcedente.
Para los trabajadores que ya tengan un contrato indefinido ordinario y sean despedidos de manera improcedente, la indemnización se calculará a 45 días por año hasta la entrada en vigor de la ley y desde esa fecha, a 33 días por año. El Ejecutivo clarificó en esta reforma las características para que las empresas puedan acogerse a despidos objetivos por causas económicas, aunque la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, dejó claro que 'habrá control judicial' de las mismas.
RESULTADOS DE LA EMPRESA
De este modo, se entenderán por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, precisó Báñez, se entenderá que la disminución es persistente 'si se produce durante tres trimestres consecutivos'.
Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el anterior Gobierno, y suprime la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos.