Opinión

La ética política

La llamada ética política, que no es más que una versión adaptada a la actividad pública de la ética general, enseña que el poder público se encuentra al servicio del llamado bien común entendido como bien de la propia colectividad y como bien de cada uno de los ciudadanos en cuanto miembros de la comunidad. Esta idea sigue presente en el escenario filosófico, político y jurídico actual. En un Estado que se autoproclama social y democrático de Derecho resulta que nos encontramos con que la principal función de los poderes públicos es precisamente hacer posible que todos los ciudadanos gocen de todos sus derechos fundamentales, de todos los derechos que derivan de su condición humana. ¿Por qué? Porque la dignidad de la persona es el fundamento del orden político y de la paz social como nos recuerda la Constitución española en su artículo 10.1 

  El bien común, el bien de todos, es un concepto filosófico que, desde otras disciplinas, puede traducirse, aunque no exactamente, como interés colectivo, interés público, mejor, interés general. El bien común es un dato capital, constituye la tarea suprema de la actuación de los poderes públicos. Es más, en la medida en que la ética política supone profundizar en la plasmación del bien común, resulta evidente que la primacía de la "Política" frente a la peligrosa preponderancia de la "Economía" en nuestro tiempo, implica que es una función trascendental de la comunidad política  reducir a su propio puesto a cada uno de los grupos, con sus intereses particulares y sus pretensiones de poder, evitando así la explotación de unos por otros. Y sobre todo la consolidación de los nuevos monopolios privados que tratan de concentrar el poder económico hasta límites insospechados.

Los dirigentes públicos, los responsables de los poderes públicos, deben ordenar todo este entramado de distintos intereses particulares o sectoriales en el proceso dinámico de la realización progresiva del bien común. Para eso, la autoridad política tiene que contar  con el poder necesario para poder realizar el bien común. Es decir, el bien común en cuanto ley fundamental de los poderes públicos, fundamenta la primacía de la "Política" y justifica la plenitud de la autoridad al servicio del bien común. Eso si, siempre que se dirija a la protección, defensa y promoción de los derechos fundamentales de la persona. De lo contrario, volveríamos a un intervencionismo y autoritarismo, incluso blando en las formas, impropio de una actividad que se justifica en la medida en que se pueda realizar en mejores condiciones el libre y solidario desarrollo de los ciudadanos. Casi nada.

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