Opinión

Noticias repulsivas

No sabía cómo comenzar estas líneas si titulando este artículo como noticias repulsivas, vergonzosas o quizá que producen aversión. Pecando de reiterativo, una vez más me obliga a recordar la realidad de las noticias negativas que superan en alto porcentaje a las positivas. Así nos encontramos con un periódico gallego informándonos que una chica joven ha tirado su bebé a un contenedor. Pero no era tan joven como para ignorar que practicar el coito sin medidas preventivas puede desembocar en el embarazo. Otro tanto sucede con el irresponsable joven. Noticia esta escalofriante pero que, por desgracia, no es la primera vez que el contenedor es el paradero final de un bebé como si fuera la bolsa de la basura y que echa por los suelos la palabra tan loable llamada "Maternidad".

En otro orden de cosas, publica también el mismo diario gallego que "uno de cada diez trabajadores españoles -los ourensanos también somos españoles, manera de decir que estamos habituados a que las estadísticas nos tilden de farolillo rojo- están en riesgo de pobreza". Y ello por cobrar menos del salario mínimo interprofesional que actualmente está fijado en 645,30 euros/mes (107.365 pesetas). No muy entendible que el periódico diga "riesgo de pobreza". Más veraz sería llamar a las cosas por su nombre. No es un riesgo sino palabra más cercana a la pobreza.

El artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores dice que el Gobierno fijará el salario mínimo interprofesional y en cuanto a los derechos, obligaciones concernientes a la relación laboral por la voluntad de las partes manifestadas en el contrato de trabajo sin que en ningún caso puedan establecerse en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales. Y aunque quien estas letras escribe no llegue (ni mucho menos) a ser catedrático de Derecho del Trabajo, se pregunta:

¿Puede el empresario contratar con salario inferior al establecido legalmente por el Gobierno? ¿Es una de las obligaciones de la Inspección de Trabajo detectar estas infracciones? ¿Es competencia del departamento correspondiente del INSS vigilar si se cotiza por cantidades inferiores al salario mínimo interprofesional?

Desgraciadamente, siempre hubo víctimas y aprovechados. Existen en gran mayoría empresarios que cumplen con sus obligaciones legales. No obstante, probablemente tampoco faltarán los necesitados a los que el patrón -a sabiendas de que lo que ofrece, está por debajo de la ley- acepten el salario inferior por aquello de "lo tomas o lo dejas".

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