Opinión

¿Doctor Sánchez?

El cronista no debería firmar hoy porque incurriría en un plagio del análisis que le hizo un importante jurista cargado de sabiduría y sentido común que desea el anonimato tras estudiar el caso del doctor Pedro Sánchez.

En el momento en el que el cronista empezaba este trabajo basándose en esas apreciaciones aparecía un tuit de @LaLupaJudicial en el que otros importantes juristas sometían a análisis técnicos el caso.

Ambas fuentes recordaban que la Escuela Internacional del Doctorado de la Universidad Camilo José Cela (UCJC) se creó en 2012, y en noviembre del mismo año Sánchez leyó su tesis allí.

Al margen de sus posibles plagios pericialmente no debería ser considerada tesis, sino un resumen de la política comercial española en el exterior desde 2002 a 2012.

Explica como cualquier informe que tras las empresas y el Estado, las comunidades autónomas y algunos ayuntamientos salieron al exterior ante la globalización económica tratando de vender productos de sus zonas de influencia.

Pero aparte de fantasear llamando tesis a esa conclusión lógica, con aportes escritos de dos de sus juzgadores, y que podrían invalidar su título de doctor, los juristas aventuran que Sánchez habría logrado con favores, naturalmente antes de 2012 fuera de la UCJC, entonces si capacidad de doctorar, el “certificado de suficiencia investigadora” que se obtiene superando los dos cursos como doctorando.

Los cursos, presenciales e imprescindibles, y que impiden otras actividades, prescriben pasados entre tres y cinco años. Albert Rivera perdió su condición de doctorando porque habiendo hecho los cursos no elaboró su tesis en tiempo regulado.

Cuando Sánchez debía asistir a los cursos estaba dedicado a la política y la enseñanza, por lo que deberá explicar cuándo, cómo, dónde y con qué calificaciones obtuvo su “certificado de suficiencia investigadora”.

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