Los ediles no adscritos de Calvos urgen repetir la moción de censura

El Tribunal Superior de Xustiza desestimó el recurso presentado por el alcalde de Calvos de Randín, Aquilino Valencia, contra una sentencia del Juzgado de Instrucción número uno de Ourense, que ordenaba repetir el pleno de la moción de censura presentada por cinco ediles tránsfugas en el año 2008.
El abogado de los ediles no adscritos pedirá la ejecución de la sentencia, al no haber posiblidad de recurso contra el fallo del TSXG. La jueza ourensana había ordenado repetir el pleno ante la imposibilidad de los ediles no adscritos de poder acceder al salón de sesiones, al quedar bloqueada la entrada por vecinos

El abogado de los cinco ediles no adscritos, Javier Calvo, aseguró que el lunes “pediremos a la jueza de Ourense que ordene al secretario del Ayuntamiento de Calvos la convocatoria de ese pleno”. El propio Calvo reconoció que la jueza puede optar por esperar a tener notificación oficial del fallo del TSXG antes de ordenar al Concello esa repetición de la sesión. A partir de ahí, el secretario (no el alcalde) deberá convocar en 10 días naturales el pleno.

La sentencia del Alto tribunal gallego es clara, define que en el pleno del 10 de junio de 2008 se votó la moción de censura sin la presencia de los ediles que la presentaban ya que una multitud concentrada en el exterior e interior de la Casa Consistorial (cuya existencia conocía el alcalde) impidió su acceso a la sesión. El fallo también aclara que el alcalde tenía la obligación legal de facilitar ese acceso de los ediles no adscritos al consistorio .

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