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Tenía 70 plantas de marihuana para paliar el dolor de espalda

En la imagen, una incautacíón de plantas de marihuana realizada por la Guardia Civil.
photo_camera En la imagen, una incautacíón de plantas de marihuana realizada por la Guardia Civil.

El juez le absuelve de tráfico al no acreditarse la venta ni tener útiles para manipular la droga

Pese a la elevada cantidad intervenida -70 plantas de marihuana que pesaban 16,8 kilos y fueron valoradas en 23.626 euros-, el juez adscrito al Juzgado Penal 1 asegura que no es suficiente indicio para acreditar una sentencia condenatoria por un delito de tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud. "No se ha probado ni se intentó probar en ningún momento de la investigación o la instrucción que el acusado hubiese llevado a cabo o tuviese intención de realizar acto de venta alguno", asegura. Tampoco consta el nivel de vida acorde con unos ingresos derivados de actividades ilícitas en este procedimiento penal. Pero, además, en el registro domiciliario no aparecieron objetos habitualmente utilizados para manipular la droga (básculas o picadoras).

El juez también repara en el hecho de que el acusado, E.V.V., de 50 años, es consumidor de marihuana, tal como evidenció la pericial forense. En el juicio, explicó que consumía cannabis desde hacía 15 o 20 años, tanto fumado como en infusiones, comida, en aceites y ungüentos. Es la única sustancia que toma para paliar los dolores de espalda que padece desde hace 30 años por una desviación de la columna -escoliosis y artrosis, según determinó la forense-.

Las plantas fueron intervenidas por la Guardia Civil, el 9 de octubre de 2017,  en una finca anexa a su vivienda, en Baños de Molgas.  Estaban a la vista, según destaca el magistrado, y el propietario no puso impedimento alguno a la entrada de los agentes. "De ello resulta la inexistencia de ánimo de ocultación o, al menos, una cierta despreocupación", recoge en su fallo.

El magistrado no pasa por alto que la cantidad es de notoria importancia pero tiene una explicación para justificar ese acopio: "El ciclo de cultivo y preparación de la planta para su consumo es de casi un año, por lo que resulta entendible que quien cultiva marihuana para su consumo pueda procurarse un acopio de sustancia hasta la siguiente cosecha".

 Sentencias, como la dictada por la Audiencia de Valencia el 7 de enero de 2010, se hicieron eco en su día de la opción de disponer de marihuana a un año vista en el caso de los cultivos domésticos de la planta.

El fiscal, en este caso, pedía cuatro años de cárcel y una multa de 60.000 euros. 

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