El anunciado plan para el afloramiento del empleo sumergido finalmente se quedó en un endurecimiento de las sanciones para los empresarios que no tengan a sus empleados afiliados a la Seguridad Social, unas multas más elevadas que empezarán a aplicarse el 1 de agosto. El Consejo de Ministros aprobó ayer el decreto ley de medidas para la regularización y control del empleo sumergido que, en un principio, pretendía que aflorara el trabajo irregular y que se reconociera a los trabajadores una parte del tiempo trabajado.
No obstante, el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, anunció tras el consejo que el plan 'no va a mirar al pasado', de forma que a ningún trabajador regularizado se le reconocerá el tiempo que haya trabajado antes de que la empresa le dé de alta en la Seguridad Social.
El plan se limita a un aviso a los empresarios para que afilien a sus trabajadores irregulares antes de que se vean obligados a pagar mayores multas si son descubiertos por la Inspección de Trabajo. 'No hemos querido sorprender, avisamos de lo que va a suceder', afirmó el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, quien insistió en que no se va a 'amnistiar' a las empresas.
De momento, a los empresarios que sean sorprendidos con empleados no afiliados se les aplicarán las sanciones que rigen actualmente, en tanto que la multa subirá más de un 300 % desde agosto, según advirtió Gómez, que confió en que este endurecimiento surtirá efectos positivos.
Así, cuando se incumpla la obligación de afiliación y alta en la Seguridad Social, la sanción pasará de los 625 euros como mínimo y los 6.250 euros como máximo que se contemplan actualmente, a multas de entre 3.126 euros a 10.000 euros a partir del 1 de agosto.
En caso de compatibilizar el trabajo con el cobro de prestaciones de desempleo y otras de la Seguridad Social que sean incompatibles, las sanciones actuales -que van de 6.251 euros a 187.515 euros-, serán de 10.001 euros como mínimo y se mantienen los 187.515 euros de máximo.
El plan se limita a un aviso a los empresarios para que afilien a sus trabajadores irregulares antes de que se vean obligados a pagar mayores multas si son descubiertos por la Inspección de Trabajo. 'No hemos querido sorprender, avisamos de lo que va a suceder', afirmó el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, quien insistió en que no se va a 'amnistiar' a las empresas.
De momento, a los empresarios que sean sorprendidos con empleados no afiliados se les aplicarán las sanciones que rigen actualmente, en tanto que la multa subirá más de un 300 % desde agosto, según advirtió Gómez, que confió en que este endurecimiento surtirá efectos positivos.
Así, cuando se incumpla la obligación de afiliación y alta en la Seguridad Social, la sanción pasará de los 625 euros como mínimo y los 6.250 euros como máximo que se contemplan actualmente, a multas de entre 3.126 euros a 10.000 euros a partir del 1 de agosto.
En caso de compatibilizar el trabajo con el cobro de prestaciones de desempleo y otras de la Seguridad Social que sean incompatibles, las sanciones actuales -que van de 6.251 euros a 187.515 euros-, serán de 10.001 euros como mínimo y se mantienen los 187.515 euros de máximo.