El Gobierno no reconocerá como cotizados los periodos trabajados bajo régimen ilegal

El plan para aflorar el empleo sumergido se queda en multas

Valeriano Gómez, durante su comparecencia tras el Consejo de Ministros. (Foto: S. BARRENECHEA)
El anunciado plan para el afloramiento del empleo sumergido finalmente se quedó en un endurecimiento de las sanciones para los empresarios que no tengan a sus empleados afiliados a la Seguridad Social, unas multas más elevadas que empezarán a aplicarse el 1 de agosto. El Consejo de Ministros aprobó ayer el decreto ley de medidas para la regularización y control del empleo sumergido que, en un principio, pretendía que aflorara el trabajo irregular y que se reconociera a los trabajadores una parte del tiempo trabajado.
No obstante, el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, anunció tras el consejo que el plan 'no va a mirar al pasado', de forma que a ningún trabajador regularizado se le reconocerá el tiempo que haya trabajado antes de que la empresa le dé de alta en la Seguridad Social.

El plan se limita a un aviso a los empresarios para que afilien a sus trabajadores irregulares antes de que se vean obligados a pagar mayores multas si son descubiertos por la Inspección de Trabajo. 'No hemos querido sorprender, avisamos de lo que va a suceder', afirmó el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, quien insistió en que no se va a 'amnistiar' a las empresas.

De momento, a los empresarios que sean sorprendidos con empleados no afiliados se les aplicarán las sanciones que rigen actualmente, en tanto que la multa subirá más de un 300 % desde agosto, según advirtió Gómez, que confió en que este endurecimiento surtirá efectos positivos.

Así, cuando se incumpla la obligación de afiliación y alta en la Seguridad Social, la sanción pasará de los 625 euros como mínimo y los 6.250 euros como máximo que se contemplan actualmente, a multas de entre 3.126 euros a 10.000 euros a partir del 1 de agosto.

En caso de compatibilizar el trabajo con el cobro de prestaciones de desempleo y otras de la Seguridad Social que sean incompatibles, las sanciones actuales -que van de 6.251 euros a 187.515 euros-, serán de 10.001 euros como mínimo y se mantienen los 187.515 euros de máximo.

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