Condenados a un año los tres sindicalistas que ocuparon las vías del AVE en Santa Justa (Sevilla) y agredieron a agentes

El Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla ha condenado a un año de cárcel y al pago de una multa de 180 euros a los tres afiliados del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) acusados de ocupar en el año 2009 las vías del AVE en la Estación de Santa Justa de la capital hispalense y agredir a los agentes del Cuerpo Nacional de Policía que pretendían desalojarlos, hechos por los que la Fiscalía pedía dos años de prisión para cada uno de ellos.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena a Manuel O.M., David M.R. y Francisco M.S. a un año de prisión por un delito de atentado a los agentes de la autoridad y al pago de una multa de 180 euros por una falta de lesiones, así como al abono de las costas. Los dos primeros, además, deberán indemnizar solidariamente con 200 euros a un policía por las lesiones sufridas, mientras que el otro acusado indemnizará con 300 euros a un segundo policía.

La juez considera probado que los acusados, sobre las 15,30 horas del día 6 de septiembre de 2009, acudieron a las instalaciones de Santa Justa junto a otros compañeros del sindicato 'con la finalidad de llamar públicamente la atención' sobre la detención de otros afiliados del sindicato que había tenido lugar momentos antes en otra concentración desarrollada en la capital hispalense.

De este modo, y cuando los agentes de la Policía Nacional estaban procediendo al desalojo de las vías del tren, 'que habían sido ocupadas' por varios manifestantes del sindicato, el acusado David M.R. lanzó una botella llena de agua contra un agente, impactando la misma contra la visera protectora de su casco.

GOLPES CON EL PALO DE UNA BANDERA

De su lado, el acusado Manuel O.M. golpeó al mismo agente con un palo de una bandera que portaba, todo lo cual hizo que el agente sufriera contusiones. Asimismo, el otro acusado, Francisco M.S., lanzó una botella de agua a un segundo agente, que sufrió una contusión frontal.

La juez entiende que ha quedado acreditado, a través de las declaraciones de los acusados y de los testigos, que los imputados 'eran perfectamente conocedores' de la condición de agentes que tenían los agredidos, puestos que estos 'se encontraban en el ejercicio de sus funciones, debidamente uniformados'.

Asimismo, asevera que 'no cabe duda' de que los agentes se encontraban en el ejercicio de sus funciones y procedieron al desalojo de las vías 'cumpliendo una orden directa de sus superiores jerárquicos'. Además, considera que se trató de 'una auténtica agresión o ataque violento' de los condenados a los agentes, que 'han reconocido sin ningún género de dudas a los tres acusados como los agresores', e incluso uno de los agentes dijo que los conocía de intervenciones anteriores.

LOS ACUSADOS RECURRIRÁN EL FALLO

De su lado, el abogado de los acusados, Luis de los Santos, ha informado a Europa Press de que recurrirá la sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla al considerar que se ha vulnerado el derecho de defensa de los sindicalistas, 'ya que la única prueba que podía reafirmar la versión de ellos era un vídeo de Internet en el que aparece que no existió tal intervención por parte de la Policía'.

Así, ha aseverado que 'es de extrañar que un juez, en pleno siglo XXI, rechace esta prueba por no considerar fiable Internet, en sus propias palabras', mientras que 'la única prueba que existía era la versión de los policías, a la que se les ha dado más valor que a la de los sindicalistas, sin razonar jurídicamente el por qué'.

Por ello, ha confiado en que la Audiencia Provincial 'explique el por qué se le da más valor a la palabra de un policía que a la de un sindicalista, máxime cuando se ha demostrado que éstos policías podían haberse confundido'. 'Ha habido un error en la valoración de la prueba que la Audiencia tiene que corregir', ha sentenciado.

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