Fiscal y defensa alcanzan una conformidad en este procedimiento

Un hombre acepta 6 años de prisión y 12 de internamiento en un psiquiátrico por asesinar a su tía en Vinarós (Castellón)

Un hombre ha aceptado una condena de seis años de prisión y 12 años de internamiento en un centro psiquiátrico adecuado a su enfermedad por el asesinato de su tía en el domicilio que compartían en Vinaròs (Castellón), según la conformidad que han alcanzado el fiscal y el letrado del acusado en este procedimiento, lo que evitará la celebración del juicio con jurado que estaba señalado para enero.
Así, ambas partes piden a la Audiencia Provincial que se dicte sentencia de acuerdo a la conformidad alcanzada, en la que se concluye que el acusado vivía en un domicilio de Vinarós junto con su hermana, su cuñado y una tía de 91 años, la cual se encontraba encamada por causa de su delicado estado de salud y requería la permanente asistencia de terceras personas para satisfacer sus vitales necesidades.

Los hechos, según han relatado fiscal y defensa, ocurrieron sobre las 14.00 horas del 9 de abril de 2010, en el citado domicilio, cuando el acusado decidió acabar con la vida de su tía, para lo cual colocó el cuello de ésta sobre una de las barandillas de la cama donde se encontraba encamada y le provocó una fractura cervical con sección medular completa. Además, le clavó un destornillador por el oído derecho, provocando el fallecimiento de la mujer por destrucción de los centros neurológicos vitales.

Previamente a tales hechos, el acusado había escrito una nota de suicidio. A continuación el procesado se autolesionó, si bien únicamente se ocasionó lesiones leves.

El acusado, en la fecha de los hechos, padecía un síndrome de la personalidad orgánico y un trastorno de adaptación con síntomas depresivos que disminuían sus facultades intelectivas y volitivas, que alteraban, sin llegar a anular, las bases psicobiológicas de su imputabilidad. Los perjudicados han renunciado a las acciones penales y civiles que pudieran corresponderles.

Los hechos relatados, según ambas partes, son constitutivos de un delito de asesinato. En la conducta del acusado concurre la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal eximente incompleta de enajenación, por lo que procede imponerle seis años de prisión, accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena conforme al artículo 55 del Código Penal, y una medida de seguridad consistente en el internamiento en centro psiquiátrico adecuado a su enfermedad por tiempo de doce años.

Te puede interesar