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Manual práctico para los miembros de las mesas electorales

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photo_camera 172.458 españoles serán los responsables de la jornada electoral de mañana como miembros titulares de las mesas. (EFE)

Un total de 172.458 españoles serán los responsables de la jornada electoral de mañana como miembros titulares de las mesas, una función para la que han sido elegidos también 344.916 suplentes.

Un total de 172.458 españoles serán los responsables de la jornada electoral de mañana como miembros titulares de las mesas, una función para la que han sido elegidos también 344.916 suplentes.

Se trata de un deber cívico ineludible para el que el Ministerio del Interior ha preparado un manual de instrucciones.

1.- ¿Cómo se designa a los miembros de las mesas electorales?

Son designados por los ayuntamientos, mediante sorteo público, entre personas menores de setenta años y que sepan leer y escribir.

Cada mesa debe estar compuesta, obligatoriamente, por tres personas: un presidente o presidenta y dos vocales, cada uno de ellos con sus dos respectivos suplentes.

La presidencia de la mesa es la máxima autoridad en el local electoral, y es quien decide cómo actuar ante cualquier situación durante la jornada de votación.

2.- ¿Qué ocurre si he sido designado miembro de una mesa electoral y no aparezco?

Es obligatorio acudir. Si ha resultado elegido en el sorteo, no han sido admitidas sus alegaciones para no formar parte de la mesa y no comparece, la ley fija una pena de privación de libertad de 14 a 30 días y una multa de tres a diez meses.

3.- ¿Qué derechos y qué obligaciones tienen los miembros de las mesas?

Los miembros de las mesas designados, siempre que desempeñen sus funciones como tales, percibirán una dieta de 62,61 euros por su dedicación durante toda la jornada electoral.

El lunes tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo en cinco horas.

4.- ¿A qué hora tengo que acudir al colegio electoral y cuándo acaba la jornada de votación?

A las 08.00 de la mañana del día de la votación deben estar presentes en el local electoral todos los miembros de mesa y sus suplentes. Estos últimos, una vez constituida, si no han tenido que sustituir a ningún titular pueden abandonar el local electoral.

Si no se presentase la persona designada como presidente o presidenta titular, ni tampoco sus suplentes, asumirá la presidencia de la mesa el primer o segundo vocal, que deberá ser sustituido en su calidad de vocal por sus suplentes.

Si en algún momento se observa alguna deficiencia o falta alguno de los elementos necesarios para la votación (urnas, cabina, sobres, papeletas, documentación e impresos), debe comunicarlo inmediatamente a la Junta Electoral de Zona.

5.- ¿A qué hora comienza la votación?

La presidencia de la mesa anunciará a las 09:00 horas el comienzo con las palabras "empieza la votación".

Durante toda la jornada electoral la mesa ha de contar con la presencia, al menos, de dos de sus miembros.

6.- Desarrollo de la votación.

Antes de introducir el sobre en la urna, ha de haberse comprobado la identidad del votante (mediante DNI, pasaporte o carné de conducir) y su inscripción en el censo.

Se aceptará la presentación de estos documentos aunque estén caducados, pero han de ser los originales, en ningún caso fotocopias.

7.- ¿A qué hora se acaba la votación?

La presidencia de la mesa anunciará en voz alta a las 20:00 horas que va a concluir la votación. Si la votación se hubiese tenido que interrumpir, el horario debe prorrogarse durante tanto tiempo como hubiese durado la interrupción.

Si quedasen en el local electoral, o en su acceso, personas que todavía no hubiesen votado, la Mesa les permitirá votar, y no permitirá que lo haga nadie más.

8.- ¿Cuándo votan los miembros de la mesa y los interventores?

Una vez cerrado el local electoral a las 20:00 horas, se procederá al voto de los miembros de la mesa y los interventores que tengan derecho a votar.

9.- El escrutinio.

Terminada la votación, se procederá, de forma inmediata y sin interrupciones, a escrutar los votos. El escrutinio es público y no puede suspenderse hasta que se hayan contado todos los votos de todas las elecciones celebradas. Primero se escrutarán los votos de las elecciones al Congreso y después el Senado.

Se cumplimentarán las actas con los resultados y se harán públicas, y se extenderán las actas de la sesión, con todos los incidentes ocurridos durante la votación o el escrutinio.

Por último, el presidente entregará la documentación electoral al juzgado de primera instancia o de paz, dentro de cuya demarcación esté situada la mesa.

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