Reforma del carné de conducir: 6 puntos por usar el móvil y luz de emergencia en vez de triángulos

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El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley que modifica el sistema del carné de conducir por puntos y endurece las sanciones

 

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley elaborado por el Ministerio del Interior que modifica el sistema del carné de conducir por puntos, y ha acordado su remisión a las Cortes para su tramitación parlamentaria y aprobación definitiva.

El proyecto de ley, que modifica la Ley de Tráfico de 2015, tiene como objetivo el agravamiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo.

Esta reforma ya fue aprobada en primera vuelta por el Consejo de Ministros el pasado 10 de noviembre de 2020. Desde entonces, según señala Interior, ha obtenido los informes favorables de los ministerios de Hacienda; Asuntos Económicos y Transformación Digital; Trabajo y Economía Social; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; Política Territorial y Función Pública; así como del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

El objetivo de este cambio, junto con otras medidas, es reducir en un 50% el número de personas fallecidas y heridas graves para el año 2030 y avanzar hacia una cifra próxima a cero víctimas en el año 2050.

Sanciones: hasta 6 puntos por usar el móvil

Uso de móvil

La ministra y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha destacado, entre los cambios introducidos por el proyecto, la distinción de dos tipos de infracciones graves con respecto al uso del teléfono móvil al volante. En caso de estar utilizando el móvil sin sostenerlo con la mano, se sancionará con 3 puntos menos en el carné, pero si se está sujetando el móvil con la mano, la sanción será de hasta 6 puntos menos.

Sistemas de protección

El proyecto de reforma también eleva de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección. Además, incorpora como causa de la pérdida de esos puntos el hecho de no hacer uso de los mismos de forma adecuada.

Asimismo, unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.

Detección de radares

También sustituye la infracción grave consistente en "utilizar" mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de "llevar en el vehículo" esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción.

Velocidad

Igualmente, se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

Con la reforma, la superación de cursos de conducción segura, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo de puntos, se compensará con 2 puntos adicionales, hasta un máximo de 15 puntos y con una frecuencia máxima de un curso cada dos años. No obstante, la recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.

Y tipifica como infracción muy grave la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos, que será sancionada con multa de 500 euros y la imposibilidad de que el aspirante pueda volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de 6 meses.

La luz de emergencia

El Consejo de Ministros también ha aprobado la sustitución del actual dispositivo de señalización de peligro V-16, consistente en dos triángulos colocados delante y detrás del vehículo inmovilizado, por un dispositivo luminoso de color amarillo que se colocará en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado, que será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026.

Así lo recoge el Real Decreto aprobado, que regula los servicios de auxilio en vías públicas con el objetivo de garantizar la seguridad del sector, ya que cada día unos 11.000 vehículos efectúan numerosas operaciones de ayuda y rescate que entrañan un alto grado de peligrosidad y porque desde 2017 han fallecido 18 operarios en carretera.

Según explica Interior, la colocación de los triángulos conlleva tener que salir del vehículo para su colocación y, según recuerda el Ministerio del Interior, entre 2018 y 2020, un total de 42 personas han fallecido en vías interurbanas tras haber bajado del vehículo.

"La nueva señal garantiza la máxima visibilidad del vehículo y comunicará su activación, desactivación y geoposicionamiento al Punto de Acceso Nacional en materia de Tráfico y Movilidad, lo que aportará mayor seguridad", asegura.

Además, mediante el real decreto se crea la señal V-27, un "triángulo virtual" que se activará en el sistema de "a bordo" del vehículo para advertir la presencia de un peligro próximo. Su incorporación al vehículo será voluntaria y solo en aquellos vehículos conectados por medios telemáticos con el Punto de Acceso Nacional en materia de Tráfico y Movilidad.

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