El Supremo condena a un pro etarra que pegó fotos de Inés del Río en la calle

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a Fernando S.V. por un delito de enaltecimiento del terrorismo cometido al colocar en una calle de Tafalla (Navarra) fotografías de los etarras Inés del Río y Josu Bravo.

Los hechos ocurrieron en 2011 cuando el condenado, junto a otras personas no identificadas, 'colocó en la vía pública' ocho fotografías de Inés del Río Prada y otras tantas de Josu Bravo Maestrojuan, 'conocidos miembros de la organización terrorista ETA, con la idea, bien de elogiarles a ellos o bien de ensalzar sus actividades como tales miembros de la referida organización'.

Así lo consideraba probado la sentencia de 2013 ahora confirmada por el Supremo y que condenaba a Fernando S.V., por el citado delito de enaltecimiento del terrorismo, a un año de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de siete años.

El condenado recurrió ante el Supremo argumentando que la única prueba contra él era la grabación que las cámaras de seguridad instaladas en la fachada trasera del Ayuntamiento recogieron y en la que se ve a un hombre subido a una escalera y colocando una guirnalda con las fotos de las personas indicadas en una farola de la calle.

En relación a estas imágenes el condenado decía que 'carecen de la nitidez suficiente' como para identificarle a él.

El Supremo responde poniendo en valor que el tribunal que le condenó tuvo en cuenta el DVD en el que se apreciaba, aunque no con nitidez, que el protagonista de las imágenes se parecía al condenado, pero a ello añadió que varios policías que le conocían lo identificaron inmediatamente al ver las grabaciones.

Además, el Supremo rechaza otros argumentos que el reo expuso ante el tribunal para pedir la anulación de la condena, como el hecho de que no se sometiera a determinadas preguntas de la defensa a uno de los testigos que identificaron al condenado.

Sobre este aspecto el Supremo responde que el policía sólo debía testificar sobre la identificación del condenado y no sobre unas imágenes que él no había grabado.

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