Suspender elecciones no está contemplado en la ley

Desde la JEC explican que su decisión sólo será de "carácter consultivo"

La posibilidad de aplazar las elecciones vascas y gallegas del 5 de abril es muy remota porque no existe ninguna disposición legal concreta que lo ampare, especialmente en la legislación electoral, por lo que la Junta Electoral Central (JEC) carece de cualquier capacidad de decisión y sólo puede influir con carácter consultivo. Lo primero a tener en cuenta cuando se habla de esta opción del aplazamiento del 5A, debido a la crisis del coronavirus, es que no hay antecedentes, recuerdan fuentes de la Junta Electoral consultadas.
Los atentados del 11 de marzo de 2004, en los que murieron 191 personas y de los que ayer se cumplieron 16 años, se produjeron unos pocos días antes de las elecciones generales. "Se habló de aplazar los comicios, pero ni siquiera se hizo un documento jurídico sobre su viabilidad", inciden las fuentes de la Junta. El árbitro electoral se reunió ayer en su sede de las dependencias del Congreso de los Diputados y sus trece vocales son conscientes de la inquietud que existe en Galicia y en el País Vasco por una fecha electoral marcada por la crisis del coronavirus.


Nada escrito


Lo segundo a tener en cuenta es que la Junta Electoral Central no puede tomar ninguna decisión respecto al aplazamiento porque no existe nada en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que lo permita. Como el árbitro electoral sólo puede actuar o pronunciarse a instancias de parte, nunca de oficio, la Junta desempañaría por tanto un papel meramente consultivo.


Todo lo que manifieste la JEC al respecto, no obstante, irá en la línea de celebrar las elecciones del 5 de abril con la máxima seguridad y las mayores garantías, pues ante todo su función consiste en preservar el derecho fundamental del sufragio, explican las fuentes consultadas. Si la consulta que llegue pide medidas a adoptar para que los comicios vascos y gallegos no se celebren, la Junta entonces analizaría qué contestación y qué explicaciones dar.


Una parte de la responsabilidad sobre cómo se desarrollará la jornada electoral la tienen las propias comunidades autónomas gallega y vasca, que disponen de legislaciones electorales específicas. Incluso Galicia cuenta en su norma con una disposición que "habilita a la Xunta a dictar normas reglamentarias que garanticen la ejecución del proceso", puntualizan las fuentes.


El Gobierno central podría ejercer alguna clase de potestad, aunque no el Ministerio de Interior, que no es competente para actuar ni en las elecciones gallegas ni en las vascas. 

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