El TC dice que García-Calvo y Rodríguez-Zapata perdieron imparcialidad con su carta de forma 'contundente' y 'radical'

Tribunal Constitucional.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) considera que la opinión vertida por los magistrados Roberto García-Calvo y Jorge Rodríguez-Zapata en la carta que remitieron el pasado mes de junio a la presidenta de este órgano, manifestando su 'más profunda discrepancia' con la reforma de la Ley Orgánica que regula este órgano (LOTC), 'reviste el tenor, la contundencia y la radicalidad necesarias para fundamentar una sospecha justificada de pérdida de imparcialidad objetiva'.
Así se motiva en el auto hecho público hoy por el alto tribunal en el que se estiman las recusaciones formuladas contra ambos magistrados y se les aparta del recurso que interpuso el PP contra la reforma de la LOTC que contempla, entre otros asuntos, la renovación automática en la Presidencia de María Emilia Casas mientras siga siendo magistrada de este órgano.

Igualmente, el alto tribunal ha hecho públicos los dos votos particulares discrepantes, emitidos por los magistrados de tendencia conservadora Javier Delgado y Ramón Rodríguez Arribas. Ambos consideran que la mencionada carta debe ser entendida como una 'actividad interna' del Tribunal que, con independencia de que alcanzara publicidad en los medios públicos, no puede provocar su conversión en causa de recusación.

En coincidencia con lo expresado por el Abogado del Estado -que fue el que instó las recusaciones- y el Ministerio Fiscal, el TC concluye que la manifestación 'contundente' de García-Calvo y Rodríguez Zapata sobre la LOTC, expresada por escrito y dirigida por cauce formal a la presidenta, 'evidencia que se está emitiendo por parte de los magistrados recusados un juicio de opinión meditado, revelador de una firme toma de postura contraria' a la reforma legal.

Dicha opinión contraria se refería, concretamente, a la prórroga del mandato de los cargos de presidente y vicepresidente del tribunal, coincidiendo con uno de los puntos del recurso de inconstitucionalidad promovido, dos días después de remitirse la misiva a Casas, por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados.

'Ello determina que resulte objetivamente justificada la sospecha de pérdida de imparcialidad necesaria para abordar el enjuiciamiento de tal proceso constitucional ('contaminación por interés') en que se fundamenta la recusación, lo que conduce a su estimación'.

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