Vuelven a absolver a Samuel Benítez de encubrir el crimen de Marta

 Samuel Benítez, amigo de Miguel Carcaño, condenado a 20 años de cárcel por el asesinato de Marta del Castillo.
La Audiencia de Sevilla ha vuelto a absolver al joven Samuel Benítez de encubrir el crimen de Marta del Castillo, en una nueva sentencia dictada según ordenó el Tribunal Supremo.
Fuentes del caso han informado de que la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla va a notificar esta mañana la nueva sentencia sobre el crimen de Marta, ocurrido el 24 de enero de 2009, según ordenó el Tribunal Supremo cuando en febrero pasado confirmó los 20 años de cárcel impuestos al asesino de la joven, Miguel Carcaño.

El Supremo ordenó repetir la sentencia únicamente en lo relativo a la absolución de Samuel Benítez para valorar de nuevo su 'posible participación como encubridor', lo que el tribunal debía hacer con 'libertad de criterio' pero también con 'respeto a las leyes de la lógica'.

Ahora, el tribunal insiste en que Samuel estuvo 'ininterrumpidamente' en Montequinto, como avalaron seis jóvenes que cenaron con él y luego le acompañaron en una discoteca, y las trece llamadas que en ese plazo recibió en su móvil, todas ellas situadas en esa barriada, según las antenas de telefonía.

Las antenas de telefonía sirven a la Audiencia para considerar probado 'más allá de toda duda razonable' que Carcaño estaba a la 01.03 horas y a la 01.37 horas en la vivienda de su novia en Camas (Sevilla), donde recibió dos llamada de la madre de Marta preguntando por su hija.

Pero además, la Audiencia cita el 'importante dato' de que varias personas que buscaban a Marta fueron al piso de Carcaño a medianoche y luego a las 2 horas, llegaron a levantar las persianas y no percibieron 'que en su interior se hallase persona alguna ni se realizase algún tipo de actividad'.

La Audiencia desestima los dos testimonios clave para las acusaciones: el vecino que aseguró haber visto a Carcaño empujando una silla de ruedas a la 01.30 horas, que 'erró en cuanto a la hora', y el dueño de un bar que dijo haber visto a dos personas empujando una silla de ruedas en dirección a un contenedor, del que afirma que causa 'perplejidad' su contradicción respecto a lo declarado en la Policía.

Pero incluso dando por buenas sus declaraciones, 'no supone que Samuel Benítez participara en esa actividad', dice la sentencia.

La sentencia desestima la acusación de Carcaño implicando a Samuel porque el asesino de Marta 'ha dado versiones variopintas' 'en función de sus propios intereses' y 'no merecen credibilidad alguna'.

La Audiencia, finalmente, reconoce que su horario sobre el traslado del cadáver es contradictorio con el fijado por el Juzgado de Menores que condenó al joven apodado 'El Cuco' por encubrimiento, y afirma que el enjuiciamiento por separado crea 'evidentes disfunciones' que perjudican 'al íntegro sistema de garantías propias de nuestro estado de derecho'.

En alusión al hermano de Carcaño y a su novia, que fueron absueltos de encubrimiento, la sentencia dice que mayores han sido los perjuicios para ellos, pues fueron 'enjuiciados y precondenados' en el proceso de Menores 'sin ser siquiera oídos ni estar posibilitados de influir legítimamente en él, ya que no eran parte'.

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