ECONOMÍA CIUDADANA

El Catastro rastrea bienes sin declarar y surgen 1,5 millones de euros en la ciudad

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photo_camera Panorámica de la ciudad.

Esta subida estará compensada con las bajadas aprobadas por la administración local de un 10% este año y otro 10 % en el año 2019

Los ciudadanos deben afrontar una nueva revisión de los valores del catastro inmobiliario. Este proceso gestionado desde la Dirección General del Catastro, del Ministerio de Hacienda, pretende poner al día los valores que pagamos en el impuesto conocido tradicionalmente como “contribución”.  El proceso se inicia en España, salvo en País Vasco y Navarra (que tienen haciendas propias) en el año 2013, en aplicación de la resolución de la Dirección General de Catastro del 10 de septiembre de aquel año, por la que se determinan municipios y periodos de aplicación del procedimiento de regulación catastral .

Se ha ido desarrollando por campañas territoriales y por ayuntamientos en Galicia desde el año 2014.  El fin es la revisión de todos los valores de bienes inmuebles en posesión de ciudadanos y empresas de cada ayuntamiento. Ahora le toca, entre otros, al Concello de Ourense. Se calcula una cifra de recaudación con la nueva actualización de hasta 1,5 millones de euros extra con dicho proceso. En parte, esta subida estará compensada con las bajadas aprobadas por la administración local de un 10% este año y otro 10 % en el año 2019. 

Esta reforma en la regulación y la consecuente actualización de la valoración del  Catastro aumentará el pago de los bienes declarados en la mayor parte de los casos y a mayores incluye el pago de nuevas figuras inmobiliarias de especial efecto en Galicia como pueden ser establos, naves e invernaderos.  La revisión pondrá al día ampliaciones en viviendas y nuevas construcciones, ya que el actual catastro, que data de mediados de los años noventa, se quedó desfasado.

Los efectos de la regularización catastral no se producen desde la notificación de la resolución correspondiente, sino desde el día siguiente al hecho, acto o negocio que provocó la incorporación o la modificación de los datos catastrales. El propietario cuenta con 15 días para alegar desde la recepción de la notificación del organismos catastral. 

En el caso de la ciudad de Ourense debemos recordar que la justicia ha derogado los distintos planes urbanísticos hasta llegar al del año 1986, en el cual buena parte de los terrenos, sobre todo periurbanos, mantienen la categoría de rural y por lo tanto con menos valor en el mercado inmobiliario actual. 

Esta decisión tiene otras consecuencias fiscales ya que los valores catastrales son el precio de referencia para emitir las liquidaciones posteriores del IBI y de otros tributos (como la plusvalía municipal o algunas tasas municipales). Además, debemos recordar que el ayuntamiento dispone de la potestad de emitir una liquidación actualizada en caso de que el nuevo valor catastral sea superior al anterior. 

El periodo retroactivo en el que el ayuntamiento puede llegar a emitir liquidaciones alcanza hasta cuatro años antes de la emisión, es decir, la prescripción fiscal es de cuatro ejercicio anteriores. Cada nueva valoración genera nuevos desacuerdos entre ciudadanos y administración catastral y en este caso los que se consideren afectados tienen derecho alegar ante esta valoración catastral con los datos e informes que considere de interés para su defensa ya que la notificación no se debe considerar como un documento final. 

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