ÁGORA ECONÓMICA

El impacto de los presupuestos de beneficios fiscales sobre el emprendimiento

agora

En el último número de la revista Presupuesto y Gasto Público, editada por la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gasto Público y el Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda y Función Pública, he tenido la oportunidad de publicar el artículo “Actuaciones fiscales en materia de emprendimiento: resultados y líneas de mejora”, donde se aborda el papel de los beneficios fiscales estatales para el fomento del emprendimiento.

A Los beneficios fiscales estatales son aquellas medidas tributarias que persiguen la obtención de un determinado objetivo de carácter social o económico, que pueden ser aplicadas por el contribuyente si se cumplen una serie de requisitos. Estas ventajas fiscales aparecen recogidas en el Presupuesto de Beneficios Fiscales del Estado (PBFE). 

El PBFE debe entenderse no como un simple instrumento donde se recogen los potenciales beneficios fiscales, sino que va mucho más allá. Se trata de una potente herramienta de gran utilidad para conocer el importe de los recursos dejados de ingresar, a cambio de fomentar ciertas medidas de contenido económico y social; por ejemplo, la creación de empleo por parte de las empresas, o la contratación de un plan de pensiones. 
Se habla mucho de la necesidad de emprender. Que el emprendimiento es la solución para salir definitivamente de la crisis económica, que la generación de empleo de calidad pasa porque nuestros jóvenes se lancen a ser emprendedores. Todo esto suena muy bien, pero es necesario determinar si realmente, en la práctica, se está ayudando públicamente a este tipo de iniciativas.

Iniciando el análisis con la situación de los emprendedores como personas físicas, resulta patente la pérdida de beneficios fiscales desde 2011, una notable reducción de los potenciales beneficiarios y un menor número de beneficios fiscales. Se muestran síntomas evidentes de agotamiento de los beneficios fiscales. Las razones son múltiples, por ejemplo, se puede señalar la falta de adecuación de las medidas a la realidad emprendedora, los elevados requisitos para su acceso, tanto en términos cuantitativos como cualitativos, o la falta de presupuesto para aumentar las dotaciones. A lo anterior hay que añadir la desaparición de importantes medidas. Este sería el caso, por ejemplo, de la reducción por rendimientos de PYMEs por mantenimiento o creación de empleo o la deducción por la cuenta ahorro-empresa. 

Los resultados de las medidas fiscales para el fomento del emprendimiento en materia societaria tampoco son demasiado positivos. En el Impuesto de Sociedades se eliminan y/o modifican tres beneficios fiscales centrados en la Empresas de Reducida Dimensión o ERDs (aquellas con un importe neto de la cifra de negocios igual o inferior a los 10 millones de euros). En 2017 ya no se aplica en exclusiva para las ERDs el tipo de 25% y desaparecen la reducción del tipo impositivo por mantenimiento o creación de empleo y la reducción del tipo para entidades de nueva creación. 

Otra de las actuaciones que se presentó como la panacea para evitar tener que ingresar el IVA de las ventas no cobradas, el denominado IVA de caja, tampoco ha tenido éxito. El Ministerio de Hacienda y Función Público estimó que esta medida beneficiaría a 2,3 millones de contribuyentes. Sin embargo, hasta 2017 solo se acogieron el 1% de los potenciales beneficiarios. Y es que esta actuación no solo condiciona a los que venden un producto y/o prestan un servicio, sino que extiende sus efectos y limitaciones a los que compraban, que no parecen estar muy dispuestos a no poder descontarse el IVA soportado de las facturas aún no pagadas. Solo así se explica el escaso éxito de esta medida.

¿Qué se puede hacer para mejorar la actual situación? En el artículo se señala una amplia batería de recomendaciones. Una de ellas es recuperar el tratamiento fiscal especial de los gastos de formación para las ERD. Recuperar este beneficio fiscal posibilitaría una mejora de la capacitación y formación de los trabajadores en este tipo de empresas. 

Además, es necesario reformar el tratamiento fiscal de los business angels. Las reducidas ventajas fiscales, teniendo en cuenta el elevado nivel de riesgo asumido con la inversión, unido a las fuertes exigencias de sus obligaciones, no ha permitido un desarrollo adecuado de la medida. También resulta conveniente reformular el tratamiento de la estimación objetiva. Se ha tratado de acercar este sistema a la estimación directa, con el objetivo de que la renta de los contribuyentes se fiscalice según su capacidad económica real, pero esto ha generado un elevado número de disfunciones.

Para terminar una última cuestión que debe obligar a reflexionar a los responsables en materia fiscal. La percepción que se tiene acerca de la utilidad de las políticas fiscales en materia de emprendimiento es muy baja, rozando el “aprobado raspado”, según el informe Global Entrepreneurship Monitor (GEM) de 2014, documento que mide la actividad y actitud emprendedora y las aspiraciones de los emprendedores. Algo habrá que hacer, y cuanto antes, para mejorar la incidencia de las medidas fiscales estatales en materia de emprendimiento si realmente se quiere potenciar el autoempleo, creación de puestos de trabajo y empresas. Hay que ir más allá de la mera declaración de intenciones.
 

Te puede interesar