ÁGORA ECONÓMICA

La opción de la prestación social complementaria en el modelo de pensiones

Inserting a coin into a piggy bank

Hasta no hace muchos años el sistema de protección social tras la vida laboral pivotaba en torno a las prestaciones públicas por jubilación

Hasta no hace muchos años el sistema de protección social tras la vida laboral pivotaba en torno a las prestaciones públicas por jubilación. Tras haber cotizado un determinado número de años los trabajadores, al finalizar su vida activa, percibían una pensión de naturaleza contributiva para mantener al menos en parte, su capacidad adquisitiva previa al final de su etapa laboral.

Este sistema se basa en la técnica de reparto, de modo que los que hoy cotizan al sistema sufragan las pensiones actuales de los jubilados. Este “contrato social” supone que los que hoy aportan, en el futuro podrán acceder a una pensión de jubilación pagada por los trabajadores en activo. El sistema contributivo se mantenía gracias a que los ingresos obtenidos vía cotizaciones sociales eran suficientes para sufragar el gasto en pensiones. De hecho, durante buena parte de la década pasada se generó un superávit que paso a engrosar la denominada “hucha de las pensiones”. Desde 2012 se observa la tendencia contraria, de forma que los ingresos generados por las cotizaciones sociales son insuficientes para pagar las pensiones contributivas. Las asistenciales o pensiones no contributivas se siguen financiando con cargo a los presupuestos generales del Estado. Durante los últimos años la hucha de las pensiones ha quedado notablemente reducida y la Seguridad Social, ante el temor a su agotamiento, solicitó un préstamo de 10.192 millones de euros al Estado para poder pagar las pensiones durante 2017. Además, será necesario volver a retirar fondos de esta hucha de pensiones.

INGRESOS INSUFICIENTES

El actual sistema de financiación de las pensiones tiene dos graves problemas. Por un lado, el empleo que se genera no permite aumentar los ingresos vía cotizaciones sociales, como se venía haciendo antes de la última reforma laboral. La precariedad en el empleo en España, con una tasa de temporalidad del 26,1% (la media europea es de 14,2%), nos sitúa como el país con la segunda tasa más alta de la Unión Europea. Unido a lo anterior, los cotizantes con unos salarios más exiguos no logran generar los ingresos suficientes para cubrir el gasto. 

La seguridad Social solicitó un préstamo de 10.192 millones al Estado para poder pagar las pensiones durante 2017

Por otra parte, cada vez hay más personas que se jubilan y que tienen derecho a una pensión, por lo que el gasto sigue una trayectoria ascendiente. El resultado es que, en el último trimestre de 2016, las cuentas de la Seguridad Social arrojaron un déficit del 1,7% del PIB, alrededor de 18.000 millones de euros, debido al elevado peso de las pensiones contributivas sobre las cuentas públicas que suponen más del 80% sobre los gastos no financieros de la Seguridad Social. Esto explica, en parte, el préstamo que solicitó la Seguridad Social al Estado. El problema es que, de no cambiar radicalmente la situación, es previsible que este endeudamiento puntual, se convierta en algo estructural.

De no cambiar radicalmente la situación, este endeudamiento puntual se puede convertir en algo estructural

SOLUCIÓN DE TRES VÍAS

Llegados a este punto se pueden señalar al menos tres posibles vías de actuación para corregir esta tendencia. Primero, aumentar las cotizaciones sociales, cuestión que pasa necesariamente por mejorar la calidad del empleo, consiguiendo no solo aumentar el número de ocupados y cotizantes, sino también los ingresos vía cotizaciones sociales, al menos a un ritmo que permita el mantenimiento del gasto. Esta es una tarea muy difícil si no se mejora el empleo que se genera. Precisamente el empeoramiento de las condiciones laborales ha sido la otra cara de la “mejora” de las cifras de empleo.

Segundo, cubrir parcialmente el gasto en pensiones contributivas vía impuestos. Esta medida, sin embargo, sería “vestir a un santo para desvestir a otro” y trasladaría el problema, con una huida “hacia adelante”, pasando el problema a las generaciones futuras, de forma que estos, además de tener que pagar sus gastos, deberían hacer también frente al mantenimiento de las pensiones hoy a través de las cotizaciones sociales e impuestos, generando un sobreendeudamiento presente sobre una misma generación. Algunos economistas mantienen la necesidad de aplicar un nuevo impuesto para el mantenimiento de las pensiones contributivas, pero esto provocaría una carga adicional sobre las rentas del trabajo, en un sistema fiscal como el español, donde el gravamen sobre este tipo de rentas ya es elevado. 

A pesar de los problemas, en España el desarrollo de la protección social complementaria es algo todavía en ciernes

Finalmente, se abre una tercera vía, basada en la aplicación de sistemas de protección social complementaria. Precisamente esta posibilidad es tratada con detalle en el reciente Manual de protección social complementaria, coordinado por los profesores del área de derecho del trabajo de la Universidad de Vigo, Jaime Cabeza y Marta Fernández y publicado por la editorial Tecnos. En esta obra once autores analizan desde la perspectiva jurídica y económica, la protección social complementaria, utilizando un enfoque didáctico y orientado a la metodología del Espacio Europeo de Educación Superior.

En el citado manual se señala que el punto de partida para entender el funcionamiento de la protección social complementaria es que esta debe entenderse como un sistema voluntario. Por lo tanto, la protección social complementaria nunca debe ser algo sustitutivo del actual sistema público de pensiones, sino que debe traducirse en una ayuda para completar la futura pensión de jubilación, una vez que finaliza la vida activa. Por lo tanto, no se trata de cambiar el sistema actual, sino de complementarlo con otras vías de ingresos, que pueden llegar incluso a cubrir otras contingencias, además de las habituales de los sistemas públicos.

PREVISIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA

Con los efectos de la reforma laboral de 2012 y la última modificación del sistema público de pensiones, y a no ser que cambie mucho y para mejor nuestro mercado laboral, parece que una parte de las jubilaciones van a tener que proceder de la previsión social complementaria. Basta recordar que en los últimos años se ha producido un endurecimiento de las condiciones de acceso a las pensiones públicas, la tasa de sustitución respecto al salario previo resulta menor y las actualizaciones de las pensiones de nuestros mayores en vez de basarse en el Índice de Precios al Consumo (IPC) se corrigen en base a la “salud financiera” del sistema; de forma que si hay recursos se podrá actualizar las dotaciones, en caso contrario tan solo se asegura un incremento del 0,25%, una variación netamente insuficiente si tenemos en cuenta el aumento de los precios durante los últimos años.

La previsión complementaria no es algo nuevo. El artículo 41 de la Constitución Española si bien establece la necesidad de que el sector público garantice las prestaciones de los ciudadanos sin recursos, también señala la posibilidad de contar, de forma libre, con asistencia y prestaciones complementarias. 

Lo anterior, lejos de ser algo atípico en los países europeos, es algo cada vez más frecuente, incluso en aquellas economías donde está más desarrollado el Estado de Bienestar, que son precisamente aquellos países donde el sector público tiene una mayor presencia económica.  

Por ejemplo, en Suecia el 90% de los empleados cuentan con un sistema de prestación complementario al sistema público de pensiones, financiado con cargo a los empresarios, que oscila entre el 2% y 5% del salario de un trabajador. En este país, la tasa de sustitución de las pensiones públicas fue del 37% en 2014, a lo que hay que añadir casi 20 puntos porcentuales por los planes privados de pensiones. Además, se cuenta con una gran flexibilidad en relación al cobro de las prestaciones por jubilación de naturaleza voluntaria, lo que ha posibilitado un amplio desarrollo del sistema de previsión social complementaria en los últimos años. 

El fomento de los modelos de protección social complementaria no implica que se abandone la apuesta publica del sistema

Algo parecido ocurre en Dinamarca, donde cohabita a la perfección el sistema público con el privado, con la participación de trabajadores y empresarios. Esta doble vía de financiación permite alcanzar una tasa de sustitución cercana al 68%, lo que consigue mantener, en buena medida, la capacidad económica de los pensionistas, con unas dotaciones más dignas que las recibidas en España. La lista de países que optan por este sistema mixta se completa, entre otros, con Portugal, Italia, Alemania, Holanda, Suiza y Reino Unido. Por lo tanto, la realidad internacional muestra como las prestaciones sociales complementarias no interfieren ni anulan el sistema público de pensiones.

Sin embargo, en España el desarrollo de la protección social complementaria es algo todavía en ciernes, y todo esto a pesar de los problemas que estamos teniendo para asegurar pensiones dignas a nuestros mayores. Es más, en nuestro país no se ha conseguido desarrollar, a pesar de las directivas comunitarias europeas que señalan que este tipo de instrumentos pueden actuar como un complemento importante para reforzar el modelo social europeo. Lo anterior no puede recaer únicamente en los trabajadores, sino que debe tener en cuenta las aportaciones de los empresarios y, además, contar con una fiscalidad ventajosa por parte del sector público, al igual que sucede en la mayor parte de los países europeos.

Finalmente, conviene insistir que el fomento de los sistemas de protección social complementaria no quiere decir que se abandone la apuesta publica del sistema de pensiones, sino todo lo contrario. El nuevo escenario demográfico y de cobertura de prestaciones sociales precisa de un nuevo marco de desarrollo de para la protección social después de finalizar la vida laboral. Todas estas cuestiones y otras muy relevantes se analizan en el reciente Manual de protección social complementario, de indudable interés y aplicación práctica para entender el funcionamiento y viabilidad del sistema de protección social complementario. Una lectura muy recomendable, puesto que es una realidad que más pronto o más tarde, nos afectará a todos.

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