Absuelto el hombre acusado de abusar de una menor de 14 años que conoció por Instagram

Fachada de la Audiencia de Pontevedra, donde tendrá lugar el juicio. (Foto: ARCHIVO)
photo_camera Fachada de la Audiencia de Pontevedra (Foto: ARCHIVO)
Los informes psicológicos no muestran un distinto desarrollo y madurez entre el acusado, que tenía 21 años entonces, y la joven.

El hombre había sido acusado de abusar de una menor de 14 años a la que conoció a través de Instagram. Cuando ambos comenzaron la relación, en 2019 según recoge la sentencia, él tenía 21 años y la menor, 14.

El tribunal considera probado que durante la misma ambos mantuvieron, al menos en dos ocasiones, contactos sexuales aceptados "libre y voluntariamente" por la adolescente, que compartía con el acusado un "similar grado de madurez".

El fallo de la Audiencia de Pontevedra refleja que no se ha acreditado que él "embaucase" a la menor con la intención de mantener relaciones sexuales con ella, ni que el acusado solicitase a la niña que le enviase fotos íntimas suyas.

Las magistradas recuerdan que en este tipo de relaciones se excluye la responsabilidad penal cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.

Ello requiere, según señalan los juezas, por un lado, que se acredite una decisión libre de la menor de 16 años; y, por otro, que no existan diferencias relevantes en cuanto a la edad y desarrollo y madurez.

Las declaraciones del acusado y de la menor son "enteramente coincidentes", señala el tribunal, en cuanto a la existencia del consentimiento en sus relaciones, refiriendo ambos que se conocieron de través de las redes sociales y que, posteriormente, mantuvieron una relación de noviazgo que se interrumpió cuando fueron sorprendidos por el padre de la menor.

En ella, pese a la edad de la menor, "ningún dato existe que permita concluir que el consentimiento estuviese viciado o que las facultades de la menor se encontrasen anuladas, disminuidas o afectadas de alguna manera relevante, o que concurriese alguna circunstancia que le impidiese otorgar el consentimiento de manera libre y voluntaria", añade la sentencia.

Además, las magistradas recalcan que tampoco consta que tal consentimiento "estuviese viciado por la superioridad o influencia ejercida por el acusado sobre la menor, que no muestra, por otra parte, ningún atisbo de temor hacia el acusado por el desconocimiento de su edad".

Esta semejanza en el desarrollo y madurez de ambos, recuerda la Audiencia de Pontevedra, quedó acreditada por los informes psicológicos elaborados por los profesionales del Instituto de Medicina Legal de Galicia que examinaron a ambos.

La Fiscalía pedía para el acusado diez años y tres meses de cárcel por abuso sexual continuado.

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