El Tribunal Superior de Xustiza invalida también la libre elección por el alumno del idioma en las aulas

Anulada la consulta paterna sobre la lengua en Infantil

El conselleiro de Educación, Jesús Vázquez, en primer término, con el presidente de la Xunta, Núñez Feijóo. (Foto: ARCHIVO )
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) invalidó el carácter vinculante de la consulta a las familias en la Educación infantil para impartir el idioma en la primera etapa educativa. Así consta en una sentencia del alto tribunal gallego que estima los recursos contra el denominado decreto del plurilingüismo, la norma 79/2010 puesta en marcha tras la llegada del PP al Gobierno autonómico, han informado el sindicato CIG y la Xunta en sendos comunicados.
Esta norma introducía la enseñanza del idioma inglés, junto con el gallego y el castellano y establecía la consulta a los padres en la primera etapa educativa para elegir el idioma de enseñanza. La sentencia anula un párrafo del artículo 5.2, el de la consulta a las familias y también otro del artículo 12.3, en el que la norma dice que el alumnado utilizará en las aulas el idioma de su preferencia, independientemente de la lengua en la que se imparta la asignatura.

El TSXG falla de este modo sobre el recurso planteado por el sindicato CIG, la plataforma ciudadana Queremos Galego y la organización A Mesa pola Normalización Lingüística. Las interpretaciones sobre el fallo de la sentencia tanto por parte de los demandantes como por la Xunta son totalmente opuestas.


LECTURAS ENFRENTADAS

El Gobierno gallego considera que la sentencia constata 'la legalidad, en su conjunto' de la norma, así como de sus principios inspiradores, porque invalida 'el 5 % del decreto'. Según la Xunta, el tribunal 'avala el equilibrio entre gallego y el castellano, considera ajustada a derecho la introducción del plurilingüismo y constata que potencia la promoción del gallego en el sistema educativo'.

La sentencia anula el párrafo del artículo 5.2 por no considerar ajustado a derecho el carácter vinculante de la pregunta a las familias, 'al entender que la Administración debe ejercer su competencia de fijar la lengua predominante'. Sobre esta consideración, la Xunta entiende que 'debe ejercer su competencia del modo más consensuado posible con las familias'. Y en cuanto al artículo 12.3, el relativo a que el alumnado pueda emplear la lengua oficial de su preferencia en la comunicación oral y escrita, la sentencia señala que 'corresponde a la Administración determinar el idioma que el alumnado utilice'. Para el Gobierno gallego, el Tribunal basa su decisión 'no tanto en una cuestión de legalidad como de coherencia interna del precepto, sobre todo entre la libertad del alumno y la conveniencia de que coincida la lengua usada y la de la asignatura' En cualquier caso, señala que está analizando la sentencia y que espera a las próximas, pues aún hay más recursos pendientes contra el decreto, 'antes de tomar una decisión al respecto'.

El sindicato CIG pidió la derogación del decreto y que 'se restablezca' el Plan General de Normalización Lingüística. Recuerda que mediante la consulta a los padres que establecía el decreto 'en muchos centros no hay ni una sola hora de docencia en gallego en esa etapa'. Y en cuanto al uso del idioma en el aula, la anulación de un párrafo del artículo 12.3, se produce, según CIG, porque 'es contrario al desarrollo de la Ley de Normalización Lingüística y al fomento del uso progresivo del gallego'.

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