El organismo solamente resolvió 13 expedientes a lo largo del año 2009

Competencia sanciona a los fabricantes de pan

El presidente en funciones del Tribunal Galego de Defensa da Competencia (TGDC), José Antonio Varela, resolvió en 2009 un total de 13 expedientes relativos a conductas anticompetitivas, un total de dos menos que en el año anterior, lo que atribuyó a la caída del número de denuncias por la actual situación de crisis.
En comisión parlamentaria, presentó su Memoria de Actividades de 2009 y detalló que de los 13 expedientes abiertos, un total de 11 fueron archivados y los dos restantes tuvieron como resultado una sanción, aunque sólo uno debió afrontar el pago de una multa. Se trata de la Federación Galega de Fabricantes de Pan (Fegapan), que debió abonar 22.500 euros, mientras que la Cofradía de Pescadores da Illa de Arousa resultó impune.

Entre los sectores en los que fueron investigadas conductas sospechosas de anticompetitivas, están las administraciones públicas, los sindicatos, las autoescuelas, la construcción, la energía y el sector agrario. En cuanto a las denuncias, explicó que el 90 por ciento de ellas son archivadas, dado que suelen tratarse de 'cuestiones entre partes' que deben resolverse en los juzgados mercantiles.

Además de estos casos, el presidente del TGDC indicó que siete expedientes de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) tuvieron efectos en Galicia, si bien por su condición supraautonómica, escaparon del control de los organismos gallegos. Estaban relacionados con la distribución de prensa, la distribución de tabaco, los servicios profesionales, los servicios financieros, la energía, la publicidad y las telecomunicaciones.

Llamó la atención sobre que el organismo que lidera no tuvo que pronunciarse sobre ningún proyecto normativo ni sobre la instalación de superficies comerciales, dado que ni la administración ni los propios responsables comerciales le remitieron ningún documento.

Finalmente, destacó que el TGDC también se dedica a la realización de informes y a funciones consultivas solicitadas, al estímulo de las actuaciones de oficio del Servizo Galego de Defensa da Competencia, a la realización de estudios sobre la realidad de los mercados gallegos, a la promoción de los beneficios de la competencia y al fortalecimiento de las relaciones institucionales del propio tribunal.

Al margen de las consideraciones anteriores, Varela explicó que el modelo vigente de dos autoridades sobre la competencia -el TGDC y el Servizo Galego de Defensa da Competencia- confía la instrucción de los expedientes al servicio y su resolución al tribunal. Así, el TGDC sólo puede resolver los expedientes previamente instruidos y no cuenta con la facultad de actuar de oficio.

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