NEGLIGENCIA

Condenan al Sergas a indemnizar con 100.000 euros al paciente al que amputaron una pierna

Al hombre, que ingresó por un problema circulatorio en sus extremidades inferiores,  le fue practicada una intervención de urgencia

 El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado al Servicio de Salud de la Xunta, el Sergas, y subsidiariamente a su aseguradora a indemnizar con 100.000 euros a un vigués al que le amputaron la pierna derecha por déficit asistencial, informó el Defensor del Paciente.

A.M.L., de 65 años, ingresó en el Hospital Xeral de Vigo por un problema circulatorio en sus extremidades inferiores y el servicio médico del centro interpretó que debía ser intervenido de urgencia, pero ante una "leve mejoría" del paciente, se decidió aguardar y comprobar su evolución.

Una mejoría "ficticia", según indica en su nota el Defensor del Paciente, ya que su estado se fue agravando con el paso de los días, pese a que las analíticas "eran concluyentes de una severa infección".

Al noveno día de su ingreso le fue practicada una arteriografía que evidenció isquemia aguda con considerable obstrucción en ambas extremidades inferiores.

El dolor era "insoportable" y no respondía a opiáceos, detalla el Defensor del Paciente en la nota.

Una infección nosocomial respiratoria produjo un agravamiento de la inicial dolencia del paciente, que pasó de presentar una isquemia de clase IIa a otra de clase IIB.

Finalmente fue sometido a una intervención para desintegrar los trombos que presentaba en las piernas, sin que se pudiera salvar la derecha.

En primera instancia, el Juzgado Contencioso Administrativo de Santiago desestimó la demanda por entender el perito judicial que la praxis había sido la adecuada.

El fallo fue recurrido ante el Tribunal Superior, que determina que a pesar de lo que diga el perito judicial, la infección nosocomial ejerció una influencia negativa en el estado del paciente.

El alto tribunal gallego reduce la cuantía de la indemnización al estimar que el resultado final de amputación, derivada del avanzado estado de su enfermedad, se hubiera producido igualmente de no mediar la infección aludida.

La indemnización definitiva es de 75.000 euros para el paciente y de 25.000 euros para su esposa por el daño moral acarreado.

El Juzgado de lo Social número 4 de Vigo le reconoció en 2010 a este paciente la situación de gran invalidez. 

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