Economía

¿Cuáles son los requisitos para pedir las ayudas para autónomos de la Xunta?

El ocio nocturno es uno de los sectores considerados más afectados por la norma de la Xunta. (Foto: Unsplash) bar pub
photo_camera El ocio nocturno es uno de los sectores considerados más afectados por la norma de la Xunta. (Foto: Unsplash)
Se podrán pedir a partir de mañana, jueves

Los autónomos de Galicia -con y sin personal contratado a su cargo- podrán pedir las ayudas de la Xunta para apoyar su actividad a partir de mañana, jueves 19 de noviembre. El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este miércoles la primera de las líneas de apoyos del plan de rescate.

Las personas beneficiarias de esta primera línea de ayudas, que se podrá solicitar hasta el próximo 18 de diciembre, son, según precisa la Xunta, los autónomos con y sin personal contratado a su cargo que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o Régimen del Mar como trabajadores por cuenta propia, incluidas las personas autónomas societarias.

Los requisitos que deberán cumplir son dos:

  • Tener el domicilio fiscal en Galicia.
  • Haber reconocido el cese común o extraordinario de actividad.

Los trabajadores por cuenta propia que cumplan con estos requisitos y que pertenezcan la cualquier tipo de actividad económica podrán optar a un apoyo de 1.200 euros.

Esta cuantía se incrementará hasta los 2.000 euros para los autónomos de sectores o actividades económicas especialmente paralizadas, que son:

  • El ocio nocturno: discotecas, pubs, cafés-espectáculo, salas de fiesta y salas de conciertos que desenvuelvan su actividad de forma análoga a los puntos anteriores
  • Las actividades económicas que se desenvuelvan en el ámbito de las atracciones de ferias, que no tengan local abierto al público
  • Los taxis.
  • El transporte marítimo de pasajeros, y también en ríos y otras vías navegables interiores.
  • Las empresas de cátering para eventos
  • Los cines
  • Las agencias de viajes
  • Los operadores turísticos y otros servicios de reservas y actividades relacionados con ellos
  • Los organizadores de convenciones y ferias de muestras
  • Los teatros y otras artes escénicas, así como las actividades auxiliares a las mismas
  • Los gestores de salas de espectáculos
  • Los parques de atracciones y otras actividades recreativas o de entretenimiento recogidas en el CNAE 9329.

Las ayudas previstas de 1.200 euros o de 2.000 euros no son acumulables.

Los beneficiarios de la ayuda, que la recibirán en un pago único, tendrán que comprometerse a mantener la actividad económica de alta durante dos meses a contar desde la fecha de publicación de la orden de ayudas.


LEE EL TEXTO COMPLETO DEL DOG AQUÍ

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